lunes 13 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

El senado aprobó las modificaciones a la Ley de Educación Sexual y Salud Reproductiva

Por su parte, la diputada provincial Beatriz Montaldo (NEE-Paraná) resaltó que “no es casual que se hayan borrado ciertas palabras, lo que perjudicará la enseñanza e instrumentación de la educación sexual”, y también lamentó profundamente lo sucedido.
El senador Mariano López, defendió las modificaciones aduciendo que “esencialmente se intenta superar la objeción atinente a la materia educativa, ya que la ley 9.501 se ha desentendido de los límites objetivos que el derecho vigente impone al Estado en materia de educación sexual, no respetando la función primordial que naturalmente le corresponde a los progenitores”.
Mencionó la existencia de Normas superiores que colisionan con la ley y pone como ejemplo de ello las convenciones internacionales, en particular la de los Derechos del Niño, “que expresamente reserva a los padres la temática referida. Así, la reserva formulada por nuestro país al Art. 24 de la Convención mencionada dispone: Con relación al artículo 24 inciso f) de la CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA, considerando que las cuestiones vinculadas con la planificación familiar atañen a los padres de manera indelegable, de acuerdo a principios éticos y morales, interpreta que es obligación de los Estados, en el marco de este artículo, adoptar las medidas apropiadas para la orientación a los padres y la educación para la paternidad responsable.
El comunicado oficial de la cámara de senadores remarca que “de esto surge claramente que son los padres, en ejercicio de la Patria Potestad quienes tienen la misión exclusiva e indelegable de formar a sus hijos en esta materia”.

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario