El receso administrativo no será computado como licencia anual ordinaria

Esta disposición, plasmada en el decreto 331 del Poder Ejecutivo, establece además que los ministros, secretarios de Estado de la Gobernación, secretarios ministeriales, titulares de organismos autárquicos, de Fiscalía de Estado, Contaduría General, Tesorería y áreas de salud dispondrán, mediante el dictado de resoluciones, los servicios de atención ineludible en cada una de las dependencias y determinarán los agentes que desarrollarán tareas en carácter de guardia. A ellos les será reconocido dicho período como francos compensatorios para ser gozados cuando lo determine la superioridad.

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