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El radicalismo no tiene en cuenta los votos en blanco para mantener la banca de Gorostegui

“El tema pasa porque se ha tenido en cuenta la ley Nº 2988 del año 1934 los votos en blanco para sumarlos a la totalidad de votos emitidos”, dijo. “Lo que no consentimos es que se tomen en cuenta los votos en blanco, que son más de 13.000 votos, que sería la segunda fuerza”, añadió.
Gorostegui explicó que en la UCR interpretan que es válido el artículo 87º, inc. 14º G, de la Constitución Provincial que, cuando atribuye facultades al Tribunal Electoral, le señala que debe: “practicar los escrutinios definitivos en acto público, computando sólo los votos emitidos a favor de las listas oficializadas por el mismo tribunal”. ¿Por qué el Tribunal Electoral no hizo esa interpretación? “Capaz que no lo tenía a ese argumento. Yo le voy a ofrecer el argumento y los elementos”, respondió.
“Nosotros consideramos que los votos en blanco son neutros, no suman ni restan”, aclaró. Además reafirmó que el texto de la Constitución no puede ser revocado por ninguna ley. “Eso está clarísimo, ni se discute digamos. La Constitución está por encima de las leyes”, dijo.
Más adelante, señaló que se trata de una situación inédita dado que la reforma fue realizada en 2008 y la última elección de concejales data de 2007. “Es un novedad jurídica lo que se está planteando”, manifestó.
Al margen de cualquier interpretación legal, si a un Concejo Deliberante ya de por sí dominado ampliamente por el oficialismo se le suma la exclusión de las minorías que también representan al electorado, se desvirtúa completamente. “Esto es de una gravedad institucional. No se está respetando la representación de las minorías ni la multiplicidad que debe haber en el Concejo como órgano más representativo”, dijo. Habría un Concejo “monolítico, unicolor, contraría la función para lo que fue creado la institución”.

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