El Procurador General admitió que a veces los agresores ‘pasan todos los filtros’

“No hay omisiones funcionales en estos casos. No es cierto que haya una responsabilidad del Poder Judicial, de los aparatos de seguridad, de inacción frente a estas situaciones. Tratamos de evitar por todos los medios sociales, y por último los penales, que estas cosas no ocurran, pero algunas veces pasan todos los filtros y ocurren los hechos y ahí sí tenemos que decir que el hecho penal llega tarde”, afirmó el procurador General de la provincia, Jorge Amilcar García.

García estuvo acompañado por la procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche, y los fiscales Francisco Ramírez Montrull y María Eugenia Smith. El procurador abrió la conferencia diciendo: “Todos los organismos judiciales estamos empeñados y trabajando muchas horas al día tratando de que estas cosas no ocurran. Lamentablemente cuando ocurren todos ante el horror opinan y hacen especulaciones pero tenemos que tener claro que uno trata de explicarse lo que es inexplicable como tragedia. No podemos especular con el 'qué hubiese pasado si', o algún tipo de hipótesis, porque nos preguntamos entonces qué hubiese pasado si la víctima se hubiera podido defender mejor. Esto no tiene ningún sentido”.

En cuanto a la portación de arma del prefecto Orlando Ojeda que asesinó a sus dos ex parejas el sábado en Paraná, García indicó “la necesidad de investigaciones y controles permanentes que se hacen en la Policía de Entre Ríos para que estas personas que portan armas estén en condiciones de tenerlas”.

“Esto es un fenómeno muy complejo que solo permite el análisis conjunto por el desgraciado suceso que hayan ocurrido temporalmente estos hechos”, dijo respecto a los tres sucesos ocurridos en Paraná, Concordia y Concepción del Uruguay entre la madrugada del sábado y este lunes.

 “En el caso de Paraná solo existe una presentación por violencia doméstica y familiar contra Ojeda en el año 2009 en el ámbito de los juicios de familia. Por parte de Lidia Milessi. Esto no siguió adelante ya sea porque las personas no denunciaron o porque no ocurrió”, aclaró García y afirmó que no hay registros de que Romina Ibarra lo haya denunciado por violencia de género, como dicen sus familiares.

“El sistema judicial seguramente debe presentar fallas, lo que yo señalo que en estos hechos no hay responsabilidad por omisión. La norma no puede garantizar su propia obediencia”, opinó García.

“No hay responsabilidad judicial por la omisión que determina la muerte de estas personas solo porque en el año 2009 hubiese habido una presentación de la víctima en el juzgado de familia”, sostuvo. Si fuera así tendríamos responsabilidad “desde Caín y Abel”, ironizó el jefe de los fiscales.

Reconoció sin embargo que en el caso de Concepción del Uruguay, había restricción de domicilio “pero hay órdenes de restricciones y eso de ninguna manera impide que la persona acusada quebrante esa regla. Tenemos muchísimos casos que enjuiciamos a esas personas por la violación a esa regla. El mensaje de la norma es ´no te acerques´, el contra mensaje del violento es ´a mí la regla es no me dice nada´, por eso va y la rompe”, explicó García.

“Frente a esto nosotros le hacemos un proceso y le pedimos la prisión preventiva. Queremos evitar que este mal llegue a mayores y a veces lo único que los frena es la cárcel. Hay personas que tienen rasgos psicopáticos y que creen que pueden manejar a las personas como si fueran cosas y el reglamento jurídico le dice que esto no es así, mucha de las veces se llega a lograr la exclusión y muchas veces eso tiene éxito y otras veces, como estos casos, llegamos tarde, pero la responsabilidad fundamental es del autor de los hechos”, afirmó García.

 Carátula

En cuanto a las carátulas de los hechos, García explicó: “En el derecho penal investigamos hechos que tienen una diferente calificación legal, en principio esto se trata de homicidios, pero estamos también con la figura de feminicidio. Sin perjuicio de que hay discusiones, la ley se rige por la ciencia penal que lo estudia que es la jurisprudencia y esto lleva a discusiones que tienen que ver con la correcta calificación en el ámbito científico pero de todas las posibilidades de cómo coexiste un homicidio agravado en la condición de cónyuge con los motivos de violencia de género, son uno de los tantos motivos de discusiones muy arduas en la dogmática jurídico penal. Esto quizás se dé en el ámbito del juzgamiento”, anticipó.

“En este momento tenemos abiertas todas las posibilidades de calificación desde homicidio en razón del vínculo al homicidio por motivos de violencia de género vulgarmente conocido como femicidio”, aseguró García en conferencia de prensa en el edificio de Tribunales.

“En uno de los hechos también este hombre de Paraná, disparó e hirió gravemente a otra persona que llegaba al lugar y disparó a otras personas que iban a intervenir con lo cual dado esa condición de funcionario de las fuerzas de seguridad e idóneos del arma (Orlando Ojeda), también calificamos estos hechos como tentativa de homicidio”, informó el Procurador General.

“En los otros casos también. Homicidio calificado y las distintas calificaciones incluyendo la violencia de género”, anticipó respecto al caso de Concepción del Uruguay.

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