El dirigente de PRO en Concepción del Uruguay manifestó que transitará el mismo camino que los boinas blancas. “Estamos afinando el lápiz para hacer la presentación ante el Superior Tribunal para que se declare inconstitucional dos artículos de una ley de 1934 que se contrapone a lo que dice la nueva Constitución”, anunció Mauro Vazón a EL DIARIO en referencia a la norma Nº 2.988. Para eso, los macristas de esa ciudad se pusieron en contacto con Marcela Basterra, especialista en la materia y oriunda de Buenos Aires. En la ciudad de la costa del Uruguay, las fuerzas de la oposición pelean por una banca en el Concejo Deliberante. El planteo es idéntico al de los radicales.
Pero en el caso del PRO, el reclamó pretende ir más lejos. “Queremos declarar inconstitucional el artículo 51º de la Constitución que le otorga al partido que gana la mitad más uno de los lugares de las bancas en nombre de la gobernabilidad”, reveló. Y agregó: “Esto viola el principio de igualdad y la voluntad del voto popular cuando se reparten los lugares de presentación”.
Vazón, profesor de Derecho Constitucional en Uruguay, aclaró no obstante que ese planteo “de fondo” lo harán más adelante. “Ahora queremos el lugar en el Concejo”, señaló.
El Uruguay se disputan 13 bancas: el oficialismo se quedó con 9, el Frente Progresista Cívico y Social con dos; y el Frente Entrerriano Federal con una. El restante los disputan el Frente para la Victoria y quienes hacen el planteo.
El caso radical lo tiene a Ariel Gorostegui como supuesto damnificado del escrutinio. El dirigente de Concordia entiende que es merecedor de una banca en Concejo Deliberante. Resulta que cuando se hizo el cálculo para dividir las bancas, se sumaron todos los votos emitidos a cada una de las fuerzas, más los votos en blanco. De esta manera, el radicalismo no alcanzó el umbral de sufragios necesarios para entrar en la repartición de escaños a la hora de dividir. Con el patrocinio de Jorge D’ Agostino, el peticionante afirma que se tiene que hacer valer la Constitución de 2008 , que en el artículo 87º inciso “C” insta a “practicar los escrutinios definitivos en acto público, computando sólo los votos emitidos a favor de las listas oficializadas por el mismo tribunal”.
Lo que sucede, es que al sumarse los sufragios en blanco se aumenta el dividendo y la minoría queda perjudicada por el sistema D’ Hont. En Concordia se disputaron 13 bancas: 10 son del oficialismo y dos del Frente Entrerriano Federal. La número 11 es la que pretende el radicalismo y que pelea con el Frente para la Victoria.
Contradicciones
El artículo 282º dice que “las actuales leyes orgánicas continuarán en vigencia, en lo que sean compatibles con esta Constitución, hasta que la Legislatura sancione las que correspondan a las disposiciones de este estatuto constitucional”. La ley 2.988, en su artículo 115º inciso “A” dice: “Se sumarán los votos obtenidos por los partidos minoritarios con derecho a representación y se dividirá el total por el número de bancas que les corresponde a los mismos. El resultado que obtenga será el cuociente de las minorías”. El 114º inciso “A”, que refiere a Diputados, dice: “Se sumarán todos los votos emitidos en la elección de que se trata, inclusive los votos en blanco, y se dividirá el total por el número de bancas que comprende la convocatoria. El resultado obtenido será el cuociente electoral que servirá para determinar cuáles son los partidos o agrupaciones que tienen derecho a representación de acuerdo al artículo 92º.