El presupuesto deberá aguardar para tomar estado parlamentario

Debido a la postergación de la sesión, el Presupuesto provincial que remitió el poder Ejecutivo el 30 de septiembre, recién tomará estado parlamentario el 14 de octubre.
El proyecto de ley de leyes, que pasará a la comisión de Presupuesto y Hacienda, en el contexto macroeconómico en el que se inserta define para el 2009 una inflación del 8 por ciento nominal anual y un crecimiento de la economía reflejada a través de la variación del Producto bruto interno del 4 por ciento.
En términos generales, el proyecto elevado considera un crecimiento en el nivel total de los recursos del orden del 15 por ciento, con un incremento del 15,5 por ciento en los recursos tributarios provinciales y de un 13,3 por ciento de los tributarios nacionales.
En gastos corrientes prevé un crecimiento del 13,90 por ciento respecto del gasto previsto al cierre del corriente ejercicio, siendo el de mayor impacto el correspondiente a la partida de personal, que representa el 48,5 por ciento del total de dicho gasto.
De la confrontación de ingresos corrientes contra gastos corrientes, surge un resultado positivo de 510.848 pesos, que se destina parte al financiamiento de obra pública y parte a la atención de los servicios de la deuda.
Asimismo, se prevé para el ejercicio 2009 un monto de servicios de la deuda equivalente al 8,5 por ciento del total de los recursos corrientes netos de contribuciones a la seguridad social, lo que consolida la tendencia al desendeudamiento que se viene registrando, si se considera que durante el ejercicio 2003 dicha relación representaba el 23,10 por ciento de dichos recursos.
Héroes de Malvinas
Por otro lado, también deberá aguardar el tratamiento el proyecto que propone que se aumente valor de la pensión de veteranos de guerra de Malvinas en la suma que resulte de multiplicar por tres el importe del código 01 de la categoría 1 del escalafón general de la administración pública provincial.
Entre las reformas que se quieren instaurar, se establece que corresponderá el beneficio a los veteranos de guerra que acrediten tener domicilio real en la provincia; comprobar fehacientemente su condición de veterano de guerra de Malvinas y presentar certificado de antecedentes penales, otorgado por el registro nacional de reincidencia.
Además se aclara que los beneficios de la ley provincial, no serán incompatibles con el desempeño de cualquier empleo en la administración pública, ni con la percepción de haberes jubilatorios nacionales, provinciales o municipales.

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