En cuanto al Comunicado del CGE, en el que se exime a los padres del pago obligatorio de cooperadoras, inscripción, etc, Vallejos reiteró que la Ley de Educación entrerriana establece la gratuidad en la enseñanza pública y la obligación por parte del estado de proveer a los alumnos de los elementos necesarios para llevarla a cabo, por lo que el pago de inscripción anual, cuota cooperadora, uniforme escolar y material de estudio específico es una medida opcional acorde a las posibilidades económicas de la familia. “Por supuesto que la entrada de dinero siempre resulta una ayuda para la escuela o el uso del uniforme está dentro del Código de Convivencia Escolar y fortalece la identificación de la institución, pero si no se puede cumplir con ello el alumno tiene que concurrir igual y con los mismos derechos que el resto», sentenció.
Sin embargo, son innumerables los casos de padres que denuncian la obligatoriedad del pago de ambos requisitorios y el uso de un uniforme y materiales en particular. Comercio 2, por nombrar alguna, cobra un único pago anual que varía entre 1000 y 2000 pesos y en la ficha de cada alumnos detalla “en concepto de colaboración cooperadora” y “colaboración de inscripción”. Así mismo, si la familia paga una parte del total durante todo el año, la ficha del alumno remarca contantemente que “tiene un saldo deudor”
Al respecto, Vallejos confirmó que la irregularidad existe y detalló que son los supervisores quienes se encargan de estas cuestiones, con ayuda por supuesto del CGE. “Cuando se constata un situación semejante, se labra un acta contra la autoridad o institución responsable y puede ser esto causal de algún tipo de sanción”, explicó el directivo y agregó que la sanción lleva primero a un sumario administrativo y avanzará después o no, tras la investigación del CGE. “Debe quedar en claro que el cobro de cooperadora está autorizado pero de ninguna manera es obligatorio o excluyente para los alumnos”, concluyó.