El oficialismo ya presentó el proyecto para que los jueces paguen ganancias

El proyecto es impulsado por el diputado Pablo Kosiner y establece la modificación del inciso «A» del artículo 79 de la ley 20.628 de impuesto a las ganancias, que establece que constituyen ganancias de cuarta categoría las provenientes «del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares».

“Se trata de hacer cumplir la Constitución, que dice que todos los argentinos son iguales ante la ley”, dijo el legislador que esta acompañado entre otros por los diputados Carlos Kunkel y Diana Conti.

La exención a los funcionarios judiciales de pagar Ganancias proviene de una interpretación del artículo 110 (ex 96) de la Carta Magna, que establece que los jueces “recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley y que no podrá ser disminuida en manera alguna mientras permanecieren sus funciones”. Es lo que en la jerga se denomina “intangibilidad” de los salarios judiciales. Para los impulsores del nuevo proyecto, esa norma no se aplica a la carga tributaria que alcanza a todos los ciudadanos. “La Constitución dice que todos son iguales ante la ley. Sí sería inconstitucional que el Gobierno creara un impuesto que sólo afectara a los jueces –argumentó Kosiner–. Muchos argentinos hacen un esfuerzo para pagar el Impuesto a las Ganancias contribuyendo con el fisco argentino. No resiste el análisis que uno de los sectores con mejores ingresos, dentro del ámbito público, no lo pague.”

Además el proyecto propone también que paguen «los vocales de los Tribunales de cuentas, miembros de Tribunales Fiscales Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás organismos de fiscalización; y la percepción de gastos protocolares».

La iniciativa plantea también la modificación del inciso «C» del mencionado artículo, con el que se consideran al pago de ganancias «las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas».

La modificación del Frente para la Victoria establece que en ese item se agregue que se incluyen también «las funciones del inciso A», según consta en el proyecto al que tuvo acceso DyN.

«Son varias la razones que justifican la tributación del referido impuesto por parte de los integrantes del Poder Judicial y Ministerio Público como tributa cualquier ciudadano que percibe salario por su trabajo, básicamente por el principio constitucional de igualdad ante las cargas públicas», fundamenta el escrito.

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