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El nuevo proyecto de aborto legal no contempla la ‘objeción de conciencia’

En la reunión se realizó en el quinto piso del Anexo A de la Cámara baja y participaron los diputados Brenda Austin (UCR), Mónica Macha, Daniel Filmus (Frente para la Victoria-PJ), Teresita Villavicencio (Evolución) y la saliente Nathalia González Seligra, del Frente de Izquierda. También hubo representantes de la Campaña por el Aborto, el CELS, Amnistía Internacional, ELA, Huésped y el colectivo Actrices Argentinas. Allí, acordaron que se buscará repetir la fórmula de la pluralidad entre los primeros firmantes, y además esperan ampliar la cantidad. El año pasado se dio el récord de 71 adhesiones, y ahora tratarán de reforzar la presencia del bloque Justicialista, el Frente Renovador y Red por Argentina.

“Este año queremos mostrar más federalismo y amplitud de bloques”, sintetizó una de las participantes del encuentro y agregó que “hay una presión de las juventudes al interior de los partidos” para que el tema se instale en la campaña electoral y se vea cristalizado en las listas de candidatos. Además, los participantes señalaron tras la reunión que “hay un espíritu de seguir manteniendo el debate institucional" y de mantener la llama viva más allá de que, reconocen, será muy difícil volver a dar el debate este año con la misma conformación de las Cámaras.

El día de la presentación del proyecto -en lugar a definir- se realizarán simultáneamente movilizaciones en todo el país y se instalaría una pantalla gigante en las afueras del Congreso para seguir la conferencia de prensa.

El artículo 1° de la nueva redacción establece que toda mujer u “otras identidades con capacidad de gestar” -figura que se incorporó ahora- tienen derecho a “decidir voluntariamente” y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional.

En tanto, en las causales de IVE más allá de ese plazo ya no se encuentra la “inviabilidad de vida extrauterina del feto”, sino que quedan establecidos los casos en los que el embarazo fuera producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida de la mujer o persona gestante.

Otro de los artículos indica que “si la interrupción voluntaria del embarazo se llevara a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa”.

Este nuevo proyecto no contempla la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, un punto que fue clave para garantizar votos a favor de la iniciativa durante su debate en el Congreso.

En cuanto a los cambios en el Código Penal, el artículo 88 que se propone reemplazar expresa que “la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro/a se lo causare en ningún caso será penada”.

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