Así lo establece el artículo 19 del Reglamento de la Cámara. En la Audiencia Pública Kupervaser deberá responder las preguntas elaboradas por los Legisladores y, según establece la citada norma deberá explicitar “su motivación para el cargo; la forma en la que desarrollará eventualmente su función; sus puntos de vista sobre temas básicos de la materia correspondiente al cargo a cubrir; sus planes de trabajo; las medidas que propone para que su función sea eficiente; sus valores éticos; su vocación democrática y por los derechos humanos; su situación patrimonial y fiscal; sobre lo que consideren relacionado a las manifestaciones efectuadas por escrito por los ciudadanos u organizaciones en general (si las hubiere) y sobre todo aquello que considere pertinente para un mejor conocimiento de las cualidades para el cargo”.