Sabemos que el neoliberalismo que ha asfixiado al pueblo argentino con todas las ignominias imaginables, se «carga» ahora al Poder Judicial convirtiéndolo en un ejército con «leyes y reglamentos» para controlar a los pueblos. O sea que pasó el Poder Judicial, con todas las excepciones que se quiera, a constituirse en un poder mafioso que usa armas «híbridas» (judiciales y mediáticos) para defender los intereses económicos, ideológicos, geopolíticos, de cierto establishment, mientras ejecuta con silogismos y con palabrerío legalista.
Sus fuerzas de ataque cuentan con jueces, asociaciones de abogados, monopolios de comunicación, periodistas y académicos, policías, embajadas y espías endógenos y exógenos.
Estos cortesanos se atribuyen el derecho a normar y sancionar, y ahora a amenazar,, envueltos en cuerpos ideológicos y procedimientos mercenarios, para defender sus propios negocios (como la Obra Social Judicial), los de sus «jefes» a quienes deben sus puestos, algunos en forma irregular, los de sus compadres y de sus clientelas.
Y esto ocurre en toda latino América sin excepción. Pero en Argentina ya ha llegado a un nivel de connivencia con la política que ya «chorrea grasa» de tanta impudicia.
Por eso hay que visibilizar en toda su dimensión lo que está ocurriendo con el Poder Judicial en nuestro país. Es necesario que la gente a través de una Revolución de la Conciencia, aprenda a defender, valorar, la importancia que tiene la administración de la Justicia sobre TODOS los ciudadanos.
El neoliberalismo es un estado de INJUSTICIA permanente, desarrollado en base a aparentes bases legales para apuntalar a un aparato económico, jurídico y político que mayormente ha servido a la oligarquía para esconder sus resultados criminales, asimétricos e injustos. A esta Corte no le faltan intelectuales ni publicidad para «vender» su verdad mafiosa que no se limita a secuestrar a la justicia verdadera, sino que ataca al cuerpo social y político que no se subordinan al «orden» que les indican sus mandantes.
La Historia de la Humanidad tiene en las Supremas Cortes de Justicia de todo el mundo, una fuente de horrores que se puede superar solo con la supresión de las mafias, es necesaria una movilización política y social muy intensa, y cuando digo intensa es intensa, contra un «negocio horrendo» y costosísimo al Estado, disfrazado de «justicia» ha enriquecido miles de oligarcas empresarios y financieros impunemente a fuerza de vejaciones jurídicas.
La impudicia jurídica ya existía de alguna manera cuando asumió Mauricio Macri al poder. Lo que hizo Mauricio fue construir una «arquitectura judicial» que le asegurara impunidad para él y todo su séquito político porque entre sus planes figuraba el «saqueo» sistemático del Estado, pero para ello tenía que contar con protección jurídica y periodística. El primer acto obsceno de Macri fue nombrar dos Jueces en comisión, una Ley de la Dictadura, que por estar clausurado el Congreso por el Gobierno de facto, hasta la reapertura de la Legislatura, como surge del artículo 99, inciso 19 de la Constitución y es reafirmado por los artículos 1 y 2 del Decreto Ley N * 1285/58 ratificado por la Ley N14.467.
Ni Macri ni sus ministros parecen haber advertido ni la letra ni el contexto en que se dictó ese decreto que se emitió en 1958 tras la derogación de la Constitución de 1949 y la reposición de la Constitución de 1853 con sus reformas de 1860, 1866, y 1898, y 1958 con las firmas de Pedro E Aramburu, Isaac Rojas, y Jorge Landaburu.
Por lo cual, esa norma citada absurdamente por Macri y sus letrados conforme a su contexto del golpe de Estado «liberal» en que fue dictada, es exigir por el contrario que, existiendo la Legislatura en vigencia, a los jueces corresponde que sean designados por el Senado. Lo mismo corresponde para designar al Presidente del Banco Central, lo que Macri y Garavano hicieron por decreto, haciendo caso omiso al art. 86 de la Constitución Nacional donde se mencionan las atribuciones del Presidente.
Ese fue el primer acto de desmantelamiento de las estructuras de la Democracia, tanto Jurídica , política, económica y cultural con la ejecución de un Neoliberalismo cuasi fascista donde nadie estaba a salvo de las violaciones de las garantías ciudadanas garantizadas en la Constitución nacional.
El ejemplo más paradigmático de la degradación de la Justicia, está en esta Corte que responde al Poder Real y a sus mandantes ut-supra. Esta Corte está más sujeta por temor a Clarín que a la Constitución, y no crean que es un eufemismo. Este tribunal que no tiene plazos, y que cajonea durante años sin dar explicaciones intervino en un mes en el caso de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Caselli que reclamaron por conservar el derecho adquirido de ser ascendidos a DEDO por Mauricio para asegurarse impunidad.
¿Con qué argumento? Porque no puede ser que «eso, exceda el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe a la comunidad» y que esto genera un daño a las instituciones de la República. O sea que es un acto administrativo constituido en causa nacional. Ese fue el argumento de Clarín para sostener a los jueces que fueron parte de la persecución a CFK y que a su vez -como parte de «pago»- le cuiden las espaldas a Mauricio. O sea que Hector Magnettto no solo cuenta con un hombre suyo en la Corte (Rosenkrantz) sino que el resto de los cortesanos toman sus decisiones con Clarín sobre el escritorio y la Constitución en el cajón.
Cuando la Corte aceptó la ignominia del per-saltum de los jueces Bertuzzi y Bruglia, lo cual fue un escándalo, porque el Art. 257 bis del Código Procesal que regula el per-saltum establece que se podrá aceptar cuando: «Se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria y que el recurso ( o sea el per-saltum) constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho penal comprometido a los fines de evitar perjuicios de imposibles o insuficiente reparación ulterior» Ninguno de esos presupuestos existían, lo que deslegitima ese procedimiento. Pero no hubo remociones.
El Pte.Fernández que podía cambiar el decreto por uno propio, cumplió con el proceso constitucional donde el Consejo de la Magistratura evalúa, el Poder Ejecutivo consulta al Senado y este decide sobre los nombramientos de jueces.
En este caso, Bruglia y Bertuzzi fueron puestos a dedo por Macri en la Cámara Federal de Comodoro Py (¡Por eso el hedor!). Estas instancias no investigan. Confirman, anulan, convalidan, condenan, pero investigar, no. O sea actúan sobre lo ya «producido».
Todas estas falacias fueron acumuladas para encubrir lo evidente: Macri hizo lo que la Constitución prohíbe. Pero la construcción de las corporaciones mediáticas dominantes instaló que esto «atañe» a la comunidad, como si una cuestión de burocracia judicial (volver atrás en la designación) hiciera tambalear a la República .
En el caso de Rosenkrantz, que emitió su voto aparte, dijo que estos jueces fueron «desplazados «de los tribunales a los cuales habían sido trasladados. No hubo desplazados, sino que el Senado no dio acuerdo al real traslado que fue a «dedo». La propia Corte reconoce en el fallo que el per saltum «constituye una vía procesal excepcional para acceder al máximo tribunal argentino, lo que exige que deba ser interpretada y aplicada de modo muy restringido» Y no solo eso: recuerda que ha sido admitida en una sola oportunidad por esta Corte; se trata del caso Rizzo, donde se discutían proyectos de democratización de la Justicia en 2013. Estas leyes planteaban una reforma a fondo del Poder Judicial. El caso de Bruglia y Bertuzzi solo es excepcional por el interés de Clarín en cuidar a los que persiguieron a Cristina ¿Se entiende?
Esta Corte profundizó su injerencia en el poder legislativo cuando en forma inconsulta y en forma exprés y con preocupación que no tuvo en revisar las prisiones preventivas absurdas del macrismo, las causas armadas y los casos de violaciones de los Derechos Humanos , en especial si incluye al poder económico, la Corte Suprema con total desparpajo, puso a su Presidente, Horacio Rosatti a conducir el Consejo de la Magistratura, y no solo eso sino que ordenó que debía funcionar con 20 miembros en su estructura, propia de una Ley que data de 1997 que fue derogada, y pese a que no están todos los miembros para completarla. Fue un acto de intromisión sin precedente sobre todo teniendo en cuenta la División de Poderes que desde Montesquieu hasta hoy funciona en las democracias del mundo.
También declaró nulo lo actuado por el Juez Federal de Paraná, Daniel Alonso, quien había ordenado que las Presidencias de las Cámaras de Diputados y Senadores se abstuvieran de nombrar dos consejeros por la segunda minoría y lo denunciaron ante el propio Consejo presidido por Rosatti. Este combo de resoluciones cruzadas consolida una crisis institucional. El fallo»supremo» de diciembre pasado, aprovechando la euforia del mundial de fútbol, decía que el Consejo tenía una sobre representación política, entonces entraría en vigencia la vieja estructura de 20 integrantes, que incluye al Presidente Supremo como titular del organismo., de lo contrario los actos serían nulos. Como él ya se nombró a sí mismo, haría falta nombrar seis consejeros más.
En realidad el desembarco de Rosatti en el Consejo de la Magistratura, responde a reasegurar la impunidad de los Jueces macristas y también un reaseguro de impunidad de la misma corte sobre casos de corrupción que se están visibilizando en el Juicio Político a la misma, aunque sabemos que si llega a instancia final, no se cuenta con los votos necesarios en la Cámara de Senadores. No nos olvidemos que la Corte hace una corrección de su propio fallo. Porque en Diciembre la Corte dijo que los «nuevos miembros» iniciarían sus mandatos en «forma conjunta y simultánea», Y eso no es posible porque no hay representantes legislativos designados. Entonces la CSJ dijo que se les tomará juramento a quienes estén designados y el Consejo podrá sesionar con 12 miembros. La Corte entonces se puso a legislar (cosa que no tiene atribución) cuando restableció una Ley derogada y que solo lo puede hacer el Poder Legislativo, modificando el quórum de aquella norma que era de 13 consejeros. Esta resolución fue firmada por Rosatti, Rosenkranz y Maqueda. Lorenzetti no firmó aduciendo que estaba de licencia. Según este último, solo había que hacer una exhortación al Consejo y que esta resolución era una forma de extralimitarse .
El enigma es qué harán los Consejeros históricos cuando Rosatti llame al juramento y al plenario: ¿Aceptarán sesionar sin el cuerpo en pleno y con quórum inventado?
(Continuará)