Los relatos de aquel juicio fueron muy duros y se descubrió que los familiares de la adolescente tenían previsto festejar un cumpleaños en el local del SUOYEM, que de repente la joven se ausentó, que los familiares llegaron hasta la oficina de Berutti para preguntar si no la había visto – lo cual fue negado por el violador – y que en realidad la había ocultado bajo amenaza en un placar de su oficina y que luego de la retirada de los familiares, violó a la muchacha.
Los abogados que llevaron a la cárcel a Berutti fueron los Dres. Perio Guasrascio y Diego Lara (Actualmente intendente de María Grande), pero el primero prosiguió la acción civil tras la condena penal, pidiendo resarcimiento económico del hecho, vinculando al SUOYEM basándose en lo que dicta el Código Civil en su artículo 43: “Las personas jurídicas responden por los daños que causen quienes las dirijan o administren, en ejercicio o con ocasión de sus funciones”.
Es así que, de acuerdo al fallo del juzgado Civil y Comercial número 2 de Paraná – al que accedió INFORME DIGITAL – y comprobado que efectivamente Berutti estaba “en ejercicio y ocasión” de su funciones cuando violó a la adolescente, se condena al gremio a pagar $ 210 mil a los perjudicados, pero con el interés que se aplica desde el hecho – tasa activa del Banco Nación –la suma supera el medio millón de pesos.
El juzgado emitió un embargo preventivo al gremio.