En los fundamentos de la iniciativa, que acompañan con su firma Agustín Rossi, presidente del bloque FpV y seis diputados más integrantes de dicho bloque, el legislador entrerriano sostiene que “la Resolución N°122/2018 del Ministerio de Energía de la Nación vulnera abiertamente el principio de progresividad, que constituye el aspecto positivo de la obligación del Estado de lograr la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales”.
Asimismo, advierte que “el Estado ha incumplido con una obligación de naturaleza “negativa” -principio de no regresividad- que consiste en una prohibición de adoptar normas jurídicas cuya aplicación afecte el nivel de protección ya adquirido por sus ciudadanos, y sobre todo por quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad social”.
Ante esto, el legislador pide “rechazar la Resolución N° 122/2018 del Ministerio de Energía de la Nación por la cual el Poder Ejecutivo Nacional deja sin efecto la Tarifa Social, en el servicio público de distribución de electricidad; configurando un accionar abusivo y arbitrario, en razón de vulnerar la vigencia de un derecho humano, condicionando su reconocimiento y vigencia, a las decisiones que podrían adoptar las jurisdicciones provinciales que acuerden continuar con su financiamiento”.
También solicita “al Poder Ejecutivo Nacional se sirva derogar la Resolución N° 122/2018, y se abstenga de consumar un manifiesto acto inconstitucional y lesivo a la dignidad humana, violando la garantía al pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos”.
La disposición del gobierno nacional
Vale recordar que en el Boletín Oficial del pasado 05 de septiembre se publicó la Resolución N°122/2018 del Ministerio de Energía de la Nación que elimina, a partir del 1 de enero de 2019, la tarifa social que protegía a los consumidores del servicio eléctrico con mayor grado de vulnerabilidad.
La norma dispuso que “el régimen de Tarifa Social (…) será aplicable por los mecanismos que se instrumenten en cada una de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que adhieran a dicho régimen y que involucrará la asunción de su financiamiento”.