El Gobierno modificó por decreto la antigüedad de los judiciales

Para los empleados, funcionarios y magistrados judiciales de Entre Ríos se trata de una reivindicación histórica que “no hace más que equiparar el indicador de antigüedad a los otros poderes del Estado”; para César Baudino, titular de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), “esta medida provocará mayores desigualdades y una discriminación por parte del Poder Ejecutivo, y por supuesto que no estamos de acuerdo”; en tanto que para el Gobierno –desde donde no se han realizado declaraciones al respecto- significa encontrar un atajo para la solución de un reclamo candente, sin que esto implique generalizar la medida a la generalidad de los estatales.
Con todo, ya trascendió un decreto que se adelanta al tratamiento de un proyecto de ley que tiene media sanción de Senadores y que debió tener tratamiento ayer en Diputados, pero que una inédita batahola no lo permitió. Sin embargo, un vocal del Superior Tribunal de Justicia reconoció a esta Hoja que el decreto está firmado, numerado y puesto en su despacho desde hace al menos 15 días.
Lo cierto es que con el reconocimiento de parte del Ejecutivo provincial del decreto de modificación del Régimen de Bonificación por Antigüedad del Poder Judicial, este poder logrará un incremento real de los ingresos, sin que esto signifique un manifiesto aumento salarial.
En rigor, lo que se modifican son las alícuotas de cálculo de la antigüedad de los empleados judiciales, que habían pasado del 60 % de hace unos años al 87,6 %, y ahora al 100 %.
Esto no sólo es producto del reclamo que llevó algunas semanas atrás a un áspero cruce verbal, con los medios de comunicación como arena de combate, entre el Superior Tribunal de Justicia, representado por Carlos Chiara Díaz, y el Gobierno provincial en un contexto de férrea oposición fiscal a incrementar la masa salarial del Estado. Según se advierte desde la Justicia, el tema viene de varios años de negociaciones donde los judiciales, en todos sus estamentos, y la Asociación de Magistrados requerían un incremento del porcentaje para medir la antigüedad.
Ahora se aumentó un punto en las tres categorías previstas por años de trabajo, lo que modifica el ingreso judicial.

El decreto establece que los porcentajes aplicados para el cálculo de la bonificación por antigüedad “van del 1,5 % al 2,5 %, por cada año de servicios computable, para el caso de los magistrados, sean servicios prestados dentro o fuera del Poder Judicial, desde la fecha de matriculación en el Colegio de Abogados respectivo”. Se toma la fecha de matriculación, aunque muchos abogados hayan trabajado primero en forma independiente aportando a la Caja de Previsión del Foro, y hayan ingresado algunos años después a la Justicia, comenzando entonces a aportar a la Caja de Jubilaciones del Estado.
Se agrega además que dicha norma establece un tope para la mencionada bonificación, fijada en el 87,6 % de la asignación de la categoría que revista a partir del 1 de julio de 2008.
De este modo, el decreto firmado por el Gobernador establece las siguientes alícuotas por cada año de servicios: De 1 a 9 años, el 2,5 %; de 10 a 19 años, el 3 %; y de 20 años en adelante, el 3,5 %.
Para el caso de empleados, se toma como referencia el sueldo de un jefe de despacho que cobra 4.553 pesos de sueldo básico.

“En los medios se expresaron algunas cosas con poca exactitud. En el caso de todos los cargos de los empleados judiciales se toma un sueldo testigo de 4.500 pesos aproximadamente, y de acuerdo a la categoría de antigüedad que se tiene, debe restársele alícuota asignada y a eso multiplicarlo por la cantidad de años trabajados. De ese modo se logra la antigüedad, que no es otra cosa que una vieja reivindicación ya que sólo se equipara a los del Poder Judicial a un docente, por ejemplo. No es un aumento salarial porque no se traduce al básico, aunque es obvio que va a tener un impacto sobre el total, pero esto no se convierte en un privilegio”, aseguró una fuente judicial que prefirió el anonimato.
Para los magistrados y funcionarios judiciales no hay salario testigo, siendo su propio sueldo su principal referencia desde donde aplicar la nueva alícuota.
Este esquema tiene una serie de beneficios variables, ya que, por ejemplo, para un escribiente, que es el menor cargo la variación sólo dependerá de los años trabajados, aun cuando se tome un sueldo que lo duplica como referencia, en tanto que en los sueldos mayores, donde generalmente se combinan mayor antigüedad y mayores salarios, el impacto será sustantivamente más atractivo.
Según fuentes consultadas del Palacio de Justicia, a pesar que el decreto de Sergio Urribarri tiene pocos días, los recibos en contaduría ya estarían impresos con los nuevos valores asignados.
A la hora de la aplicación del decreto que impone nuevas alícuotas, hay que decir que debe discriminarse la aplicación en empleados por un lado, y en funcionarios y magistrados por el otro. Para quien está fuera de la estructura, la comprensión no es sencilla.
Para los empleados, en todos los casos, se toma el sueldo bruto testigo de un jefe de despacho por 4.553 pesos.
Este indicador es para todos los empleados, incluso para el escribiente que es el cargo menos remunerado. Como en la base de la pirámide está la mayoría de los cargos, el impacto es inversamente proporcional. Un escribiente que cobra 1.900 pesos y tiene 9 años de servicios, tendrá una antigüedad 427 pesos.
Al existir tres categorías etarias, un empleado debe tener en cuenta la suya de acuerdo a los años trabajados. Así, tomando como ejemplo a un jefe de despacho con 20 años de antigüedad, éste debe ponderar el 3,5 % de los 4.553 pesos, y a este número multiplicarlo por 20. Es decir que a este empleado jefe de despacho con 20 años de servicios, le corresponderá en el futuro un adicional de 3.781 pesos de antigüedad.
El adicional, según el decreto, nunca podrá superar el techo del 100 % sueldo del cargo.
En cambio, para los magistrados y funcionarios se debe trabajar considerando el escalafón, y el indicador de antigüedad se lograr a partir de un mix que vincula categoría a la que pertenece en la carrera judicial y los años de antigüedad dentro o fuera del sistema judicial.
En estos casos, la variación que se logró es de medio punto porcentual, siendo la base de cálculo distinta conforme se pertenezca a la primera, segunda o tercera instancia. Para esta categoría, es su propio salario bruto la referencia, no existiendo en las alturas sueldos testigos para encontrar el cálculo.
Un vocal del STJ explicó que “una cosa es la alícuota que va variando según los tramos, y otra cosa es la base de cálculo real sobre la que se hace la estimación. Nosotros, a los 28 años de servicios llegamos al tope del cobro de antigüedad”.
Está claro que, de igual modo, en términos nominales, el incremento será mayor en el caso de los magistrados en la variable antigüedad.
Con todo, los algo más de 1.400 empleados judiciales que tiene la provincia verán incrementados sus ingresos. De este número, unos 450 son magistrados y funcionarios, entre los que se cuentan a contadores, médicos, delegados penitenciarios, entre otros.

Fuente: El Diario

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