En el texto se establece que el plazo de la renegociación de las tarifas no podrá exceder los dos años desde la fecha de entrada en vigencia del DNU, debiendo suspenderse hasta entonces los acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores.
El proceso de renegociación culminará con la suscripción de un Acta Acuerdo Definitiva sobre la Revisión Tarifaria Integral, la cual abrirá un nuevo período tarifario según los marcos regulatorios, dice el DNU
El gobierno encomendó al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre) la realización del proceso de renegociación de las respectivas revisiones tarifarias.
El DNU aclara que dentro del proceso de renegociación podrán preverse adecuaciones transitorias de tarifas o su segmentación, según corresponda, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados.
Los acuerdos definitivos o transitorios de renegociación deberán formalizarse mediante actas acuerdo con las concesionarias o licenciatarias y los titulares del Enargas y del Enre, así como del ministro de Economía, Martín Guzmán, quienes los suscribirán «ad referendum» del Poder Ejecutivo.
En caso de no ser factible arribar a un acuerdo, los Entes Reguladores deberán dictar, «ad referéndum» del Poder Ejecutivo, el nuevo régimen tarifario para los servicios públicos de distribución y transporte de energía eléctrica y gas natural que se encuentren bajo jurisdicción federal siguiendo el procedimiento establecido para la celebración de acuerdos, en lo que resulte pertinente.
En el undécimo artículo, el Gobierno prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de energía eléctrica y gas natural establecido por un plazo adicional de 90 días corridos, hasta el 31 de marzo, o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición