Al respecto, el director general de Industria y Pymes – dependiente de la Secretaría de la Producción-, Aldo Bachetti, remarcó que “el espíritu que ha impulsado la gestión del gobernador Sergio Urribarri es que todos tengan igualdad de condiciones cuando se está en un emprendimiento comercial”.
En ese sentido, recordó que “la Ley 9.393 fue promulgada y publicada el 6 de marzo de 2002 y que nunca fue reglamentada. Este Consejo tendrá la tarea de llamar a todas las partes que quieran opinar para reglamentar la ley”, precisó.
En cuanto a los tiempos previstos, el funcionario indicó que “la semana que viene se lanzará formalmente el Consejo Provincial de Comercio Interior y, a partir de ahí, se definirá la metodología de trabajo de los centros comerciales, ong´s e instituciones de toda la provincia. Se hará un reglamento de funcionamiento que determinarán los actores que participen, y el gobierno provincial estará representado por la Secretaría de la Producción”, acotó.
Bachetti adelantó luego que “lo ideal sería que en sesenta días esté reglamentada”, y precisó que “esta ley estuvo promulgada para regular la instalación en Entre Ríos de la grandes superficies comerciales, porque hay beneficios que los pequeños productores y comerciantes entrerrianos no tienen”.
El decreto
Cabe recordar que la Ley 9393 “tiene por objeto regular la habilitación, ampliación o modificación y funcionamiento de grandes superficies comerciales y de cadenas de distribución o venta en el territorio provincial en los rubros de comercialización, elaboración y venta de diversos productos que enuncia, los que pueden ser ampliados conforme reglamentación”, según se precisa en los considerando del Decreto 5651.
Incluso, se indica que “la norma en cuestión se encuentra vigente desde hace más de seis años”, pero se advierte que “la complejidad y alcances de su estructura normativa ha hecho que, hasta la fecha, la misma no haya sido objeto de reglamentación”.
“En esta nueva instancia institucional es imprescindible favorecer la intervención y participación de los distintos sectores productivos”, por lo cual se convoca “al Consejo Provincial de Comercio Interior, previsto en la Ley Provincial 9393”, y se define que “tendrá a su cargo el análisis pormenorizado de las previsiones de dicha norma, a efectos de proponer, en su caso, su modificación o bien para la elaboración y propuesta de un proyecto de Decreto Reglamentario acorde a las necesidades de las economías regionales”.
En ese marco, “se ha entendido imprescindible la participación de todos los municipios entrerrianos, quienes tienen a su cargo dimensionar, en el territorio, las consecuencias directas que acarrean las instalaciones de las grandes cadenas de distribución y venta de productos y servicios, con innegables incidencias sobre los comercios locales como así también sobre los recursos humanos – fuentes de trabajo y en el manejo, formación y control de precios”.