La norma, que tiene fecha del 14 de febrero, autoriza a “no concurrir a sus lugares de trabajo el día 19 de marzo de 2007” a los empleados estatales “que se hayan desempeñado como autoridades de mesa en el acto comicial que se realizará el día 18 de marzo del corriente”.
Además, detalla que “dicha no concurrencia” será considerada como “justificada a los fines de la liquidación y pago de los adicionales particulares”.
También se invita al Poder Judicial y al Legislativo, a los Municipios y al sector privado a adherir a la medida.
El decreto
El artículo 1º del decreto Nº 316 del Ministerio de Gobierno dispone: “Autorízase a no concurrir a sus lugares de trabajo el día 19 de marzo de 2007, a los agentes dependientes del Estado Provincial que se hayan desempeñado como autoridades de mesa, en el acto comicial que se realizará el día 18 de marzo del corriente, considerándose dicha no concurrencia como justificada a los fines de la liquidación y pago de los adicionales particulares”.
En tanto, en el 2º se lee: “Invítase a los Poderes Judicial y Legislativo, municipios de la Provincia y al sector privado, a adherir a la medida dispuesta por el presente”.
“La condición de autoridad de mesa se acreditará mediante el documento de notificación remitido por la Secretaría Electoral de la Provincia al cual deberá anexarse el acta de cierre de escrutinio con la firma correspondiente, como consecuencia de lo cual, la inasistencia no tendrá efecto sobre los conceptos y/o bonificaciones del personal alcanzado por el presente decreto”, se aclara por último en el artículo 3º.
En los considerandos, se señala “que la Secretaría Electoral de la Provincia designa a los ciudadanos que se desempeñarán como autoridades de mesa en el acto comicial”. Además, que “en anteriores elecciones se ha establecido como práctica facultar la no concurrencia a los lugares de trabajo el día hábil posterior al comicio, a aquellos agentes dependientes del Estado Provincial que se hayan desempeñado como autoridades de mesa” y que “a efectos de facilitar el acto comicial, este Poder Ejecutivo ha considerado necesario instrumentar todas las medidas necesarias que allanen la realización de dicho acto”.