Como ya lo había adelantado DIARIOJUNIO, ayer por la tarde desde las 17.00Hs. se desarrolló en la sala penal de los tribunales de Concordia la audiencia en la que las partes alegaron sobre las pretensiones de pena que cada quien entendía pertinente, para casa uno de los tres condenados del caso López.
Pasando en limpio:
Debido a la cesura de juicio solicitada por la defensa, el tribunal resolvió primero sobre la responsabilidad penal de los acusados, es decir si eran o no culpables, y una vez comunicado ese veredicto, recién se dio paso a una segunda audiencia en la que se dieron a conocer los fundamentos. La tercera audiencia tras el cierre del debate, es la acaecida ayer, en la que las partes alegarían los atenuantes y agravantes por los que consideran que los condenados sean pasibles de un número determinado de años de prisión, que se toma del código penal.
Este señala que el homicidio simple puede ser penado de 8 a 25 años. Pero el monto de la pena se evalúa en función de esa escala, a partir de situaciones que hacen a la particularidad del hecho o al reo, que atenúan o agravan su condición. Entre ellos se tienen normalmente en cuenta, la juventud, la falta de antecedentes o la extracción social como atenuantes, y generalmente los agravantes suelen ser la reincidencia delictiva, o la premeditación.
Es en ese contexto que el defensor le planteó al fiscal, que si pretendía llevar la pena hasta 23 años con el argumento de la alevosía o el número de personas, hubiera calificado por ese articulo del código, e intentado probar dicha aseveración.
La pena solicitada en efecto es excesiva para la media de condenas que se han dictado en la jurisprudencia local, teniendo en cuenta los pormenores del caso, y que dos de los acusados están condenados por participación necesaria, en rigor, por haberle pegado con un palo y haber corrido a la victima, que por otra parte, era quien llegó a la escena con una arma blanca. Una situación que es sin dudas atenuante para los condenados.
La defensa pidió por su parte la pena mínima, aunque aclarando que solo lo hacía a los efectos de concluir con esta etapa, pero que ya había interpuesto el recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, insistiendo en la arbitrariedad de la condena y sosteniendo el argumento de la legitima defensa.