La norma, a cuyo texto tuvo acceso APF, puntualiza en su artículo 3º que la Fiscalía de Estado deberá analizar “la conducta del Dr. Elvio Osir Garzón, y en consecuencia un eventual perjuicio al erario público”, por las acciones y omisiones en que habría incurrido el letrado durante su desempeño como procurador fiscal de la Provincia, designación que obtuvo en mayo de 1996.
El decreto puntualiza que el Departamento Técnico de la Dirección General de Rentas remitió documentación “que prueba el incumplimiento y falta de atención de la procuración fiscal correspondiente al citado profesional” y que “en virtud de las tareas llevadas a cabo por el personal del mencionado departamento, se determina que el Dr.
Garzón, no presentó los informes requeridos sobre el estado de los juicios, con el que se pretende determinar la situación de las planillas asignadas, incurriendo así en incumplimiento a los deberes formales como Procurador Fiscal”.
El procurador fiscal es un abogado que el Gobierno contrata para que gestione judicialmente el cobro de impuestos vencidos y no abonados por los contribuyentes.
Faltan causas
Asimismo, se detalla en la norma que “consultada la mesa virtual de Tribunales, se advierte que un gran número de causas, que le fueran asignadas al profesional citado en el año 2003, no han sido encontradas y que las obtenidas mediante el listado de recorrida se encuentran con deuda y no poseen movimiento, por lo que ha transcurrido holgadamente el plazo legal previsto por el artículo 298º inciso 1) del CPCyC (Código Procesal Civil y Comercial), estándose en condiciones de decretar la caducidad de instancia, con el eventual cargo de costas al Fisco”. Esto significa que Rentas no sólo no cobrará la deuda tributaria que reclamó a través del abogado externo, sino que además deberá pagar los gastos de los juicios que inició para hacerse de esas acreencias.
“De los juicios que no fueron localizados en la mesa virtual, 39 se encuentran con deuda y un número similar regularizados por el contribuyente”, puntualiza el 215, publicado en el Boletín Oficial de ayer.
Asimismo, se indica que el Departamento Técnico de la DGR “informa que se requirió al Procurador Fiscal informe de las causas asignadas sin obtener respuesta alguna a la fecha”. “La inacción provoca un perjuicio al Fisco, atento a que los períodos que se reclamaron (año 2003), que totalizan cuarenta y siete títulos, se encuentran prescriptos, no pudiendo reclamarse mediante la confección de una nueva planilla de apremio”, añade.
Sin efecto
El decreto ordena que se deje sin efecto la designación de Garzón como procurador y le revoca el poder para actuar en representación del Fisco ante los tribunales. El letrado, que ocupa provisoriamente el cargo de titular de la Fiscalía Nº 8 de los Tribunales paranaenses, había presentado su renuncia al nombramiento.
Garzón tuvo un momento de alta exposición pública al patrocinar a los familiares de Rubén “Mencho” Gill, quien desapareció misteriosamente hace seis años junto a su familia en la localidad de Crucesita Séptima. El abogado también participó en otro caso de honda repercusión pública: el caso Aciser, donde actuó como defensor de Liliana Morard y de Gabriel Sola, quienes fueron condenados por fraude a la administración pública.
En agosto del año pasado, APF publicó un informe donde se daba cuenta de que la Dirección General de Rentas (DGR) de la provincia dejó en manos de los procuradors fiscales más de 10 mil casos bajo apremio, por un monto cercano a los 94 millones de pesos.