Mientras se desempeñaba en el Hospital Centenario como anestesista, la mujer sufrió un severo accidente laboral como producto de la manipulación de distintos químicos que le produjeron un daño irreversible en el sistema neurológico, y hoy permanece en estado vegetativo.
Los peritos que intervinieron en la causa dictaminaron que el accidente se produjo como consecuencia de la falta de condiciones de bioseguridad hospitalarias que, de existir, hubiesen evitado la afectación de la salud de la trabajadora de salud.
Si bien la sentencia todavía no está en firme –media una apelación de la Fiscalía de Estado ante la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay— la indemnización que dispuso la Justicia es, hasta ahora, la de mayor cuantía pagada por la Provincia en un pleito de esa envergadura, según relató el fiscal Julio Rodríguez Signes.
Hasta aquí, una de las condenas más importantes que ya hay como antecedente fue la que ordenó el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 8, Roberto Parajón, en julio de 2008, en la causa “Bogao, Mario Gustavo c/Hospital San Martín y Otro s/Sumario por indemnización de daños y perjuicios”, una demanda contra el cuerpo de anestesistas del nosocomio a quienes se acusó de mala praxis.
El Estado fue obligado a abonar un resarcimiento de 250 mil pesos, “con más los intereses de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, los que se calcularán desde la fecha del evento dañoso —18 de octubre de 1999— y hasta su efectivo pago, con excepción del período comprendido entre los meses de marzo de 2002 y de junio de 2003, para el que se fija la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina”.
En la presentación, el abogado Raúl Ernesto Martín, representante legal de Bogao, afirmó que su defendido ingresó en 1999, cundo tenía 25 años, para una intervención quirúrgica por una “mancha negra” en un pulmón “caminando, hablando y orinando normalmente” y al salir se encontraba “paralítico, impotente y sin poder orinar por su cuenta”. Aunque cuando la Justicia falló, el año último, ya había fallecido.
En su dictamen, el juez Parajón sostuvo que en el proceso se pudo “probar que el joven Bogao no contrajo la parálisis que lo aquejó por el linfoma no Hodking B que padecía, tal como erróneamente lo afirmó la demandada. Y, así debo tener por probado, ponderando las pericias practicadas y principalmente las falencias de la Historia Clínica puestas de relieve a través de todo el examen efectuado, que las graves secuelas por él sufridas no tuvieron otra explicación posible, salvo la sola existencia de la intervención quirúrgica a la que había sido sometido horas antes y de cuya concreción no se esperaba un resultado dañoso”.
En el Juzgado de Parajón se dirime otro pleito, cuya resolución podría marcar un antecedente clave en la jurisprudencia relacionada con los reclamos resarcitorios contra el Estado provincial. Se trata de la causa N° 14.487, caratulada como “Identidad Reservada c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos”.
Se trata de un pedido de indemnización al Estado de $ 7,3 millones por daños y perjuicios formulado por los abogados que representan a la mujer que en 2006 contrajo el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) luego de someterse a una transfusión de sangre en el Hospital Materno Infantil San Roque, mientras estaba embarazada de ocho meses.
La demanda, de tipo civil, es motorizada por los abogados Miguel Cullen, Gastón Duarte y Miguel Retamoso, quienes persiguen conseguir que por “incapacidad sobreviniente”, el Estado pague 700 mil pesos; por daño moral, agregan otros 2 millones de pesos; por daño psíquico, piden un resarcimiento de 400 mil pesos; por gastos de tratamiento al ser portadora del VIH, reclaman 1,2 millones de pesos; y por el acortamiento de las expectativas de vida, 3 millones de pesos.
Pero la Fiscalía de Estado pretende abrir una vía de mediación que permita llegar a un acuerdo económico menos voluminoso para las arcas provinciales, en una cifra de 3,5 millones, aunque el monto sigue siendo excesivamente alto, según contó el fiscal Rodríguez Signes. “La idea es evitar que esto se establezca como antecedente que motoricen otras nuevas demandas”, afirmó.
Por ahora, las negociaciones no se han podido establecer de modo formal porque antes el Poder Ejecutivo debe emitir un decreto autorizando a la Fiscalía de Estado gestionar un acuerdo extrajudicial.