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El EPRE aseguró que ‘no habrá aumentos en la energía eléctrica hasta agosto’

En los considerandos de la resolución 70/2020 del EPRE se hace referencia además a la ley nacional 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, que en su artículo 5° faculta al Poder Ejecutivo nacional “a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario” por un plazo máximo de hasta 180 días y “propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020”.

De todos modos, en el artículo 5° de la Resolución 70/20 se aclara que la vigencia del Cuadro Tarifario anterior “queda condicionada a que no se produzcan modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario, los cuales deberán mantener sin modificación el Valor Agregado de Distribución”.

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