El Ejecutivo modificó el convenio para ceder los galpones del Puerto

El primer convenio había sido rechazado por el Concejo Deliberante pero había autorizado a renegociarlo con ciertas modificaciones. Entre los cambios que el Concejo sugirió y el Ejecutivo suscribió con la empresa, aparece que “dentro de los treinta días de aprobado el presente acuerdo, Puerto Concordia S. A., deberá presentar por ante el Departamento Ejecutivo el Certificado de Habilitación como Astillero, expedido por las autoridades competentes”.
Otro aspecto nuevo del convenio, cuya ratificación mediante decreto apareció en el boletín oficial N° 1.723 de fecha 27 de agosto de 2004, es que Puerto Concordia puede reparar o refaccionar una embarcación, puede utilizar la zona primaria aduanera (muelle lindante al Manzores) siempre y cuando cuente con autorización de Prefectura Naval.
Una clausula novedosa es que «bimestralmente, deberá presentar ante la Secretaría de Gobierno y Hacienda, un informe indicando la actividad desarrollada en ese período con detalle de las embarcaciones fabricadas in situ acompañado de la documentación respaldatoria correspondiente».
La exigencia de la contratación con una empresa nacional de seguros pólizas por: riesgos de trabajo, contra incendios y riesgos adicionales, de responsabilidad civil y hacia terceros, es otra imposición del cuerpo. Otro seguro exigido es el de “caución por cumplimiento de contrato por un monto equivalente a la suma del canon que deba abonar hasta la finalización del plazo original.”
Sobre el canon, el Concejo reclamó y el Ejecutivo dispuso que Puerto Concordia pague una suma equivalente a 500 litros de nafta súper entre los seis meses y los 24 de vigencia del convenio, lo cual equivale a aproximadamente $ 1000. A partir del vigésimo cuarto mes, la empresa debería abonar un equivalente a 800 litros. En caso de prórroga, el Concejo indica que Puerto Concordia deberá abonar 1000 litros. Otro pedido es que bimestralmente la empresa náutica presente un informe indicando “las embarcaciones fabricadas in-situ”.
Otro requisito nuevo es que la empresa deberá contratar mano de obra local, al menos el 80 % del personal que emplee. Por último, se establece que “el incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas facultará a la Municipalidad a rescindir de pleno derecho y a exigir la devolución de las instalaciones cedidas quedando todas las mejoras en manos de la municipalidad, no teniendo Puerto Concordia derecho a indemnización alguna”.

Sin cambios

Entre las cláusulas sin modificaciones aparecen: la cesión de los galpones N° 1 y N° 2 y el «nuevo perímetro construido en el puerto, limitado por el ya colocado por Puerto Concordia S.A. que linda con la calle interna comprendiendo la dársena del puerto y el camino de acceso a la explanada inferior».
La finalización del convenio sigue siendo siendo 21 de septiembre de 2009 (comprometiendo dos años de la próxima gestión)prorrogable por cinco años más.
Otra cláusula sin cambios es que «Puerto Concordia deberá desmantelar en su totalidad los galpones construidos por fuera de los galpones fiscales Nº 1 y Nº 2. En el mismo plazo, la empresa se compromete a construir entre esos galpones un tinglado a la altura de los portones, para el paso de personas, materiales y demás elementos atinentes a la actividad. Además la firma se compromete a reparar todos los daños que sufrieron los galpones como producto de las inclemencias del tiempo».

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