Dentro de la estructura de la Defensoría del Pueblo de la Nación exista un área vinculada de manera directa a la materia ambiental y al desarrollo sustentable, cuya presencia cobra más valor si se tiene en cuenta que el Artículo 41° de la Constitución Nacional, vela por el derecho a vivir en un ambiente sano y la obligación de preservarlo, además de promover que las actividades humanas tengan el paradigma del desarrollo sustentable, contemplando la equidad social y a las generaciones futuras.