El convenio Municipio-Cooperativa ingresó al Concejo Deliberante

“Lo importante y rescatable de esta reunión que se realizó unos días atrás, en la que los concejales estuvimos presentes porque después debíamos prestar conformidad a ese acuerdo, es la buena predisposición de ambas partes, tanto del contador Gottfried como del intendente Cresto”, expresó Santana.
Uno de los puntos del acuerdo prevé que ambas instituciones se comprometieron a llevar hasta el Superior Tribunal de Justicia el fallo que salga de la Cámara de Apelaciones en la causa judicial iniciada por el municipio debido al reclamo de devolución de IVA por $ 1.755.050 más intereses. El fallo, en primer instancia, tiene sentencia favorable al municipio.
En caso que el municipio resulte favorecido por la Justicia, los abogados del municipio Alejandro Ottogalli, Ángel Giano y Diego Lascurain renunciaron expresamente a cobrar honorarios a la Cooperativa. El gesto fue resaltado, incluso, por un concejal de la oposición, abogado para más datos, que días pasados en un pasillo del municipio aseguró que, si hubiese sido su caso: “no sé si hubiera renunciado”, expresó.
El otro juicio que fue incluido en el acuerdo fue el que la Cooperativa le ganó al municipio por una deuda en concepto de tasa de alumbrado. El fallo tiene sentencia firme y el monto que adeuda el municipio es de $ 1.675.548. En este caso, de no renunciar, los honorarios que le corresponden al Dr. Carlos García, abogado de la distribuidora eléctrica, correrán por cuenta de la Cooperativa. “En el caso de la Cooperativa, estimo yo que va a renunciar. Si no, no quedan dudas que le va a cobrar a la Cooperativa”, dijo Santana.
La intención de ambas instituciones es que, en caso que el juicio por IVA quede firme a favor del municipio, compensar con el monto que el municipio adeuda a la Cooperativa. “Con esto se termina lo que era este pleito antiguo que ya viene desde hace varios años y que no iba a beneficiar a ninguno de los dos entes más grande de la ciudad”, aseguró el edil.
Santana adelantó que no se necesitará mayoría especial en el recinto para aprobar el acuerdo. Hay que tener en cuenta que la Ley Nº 3001 establece en su artículo Nº 105 que se necesita dos tercios del Concejo Deliberante para “enajenar rentas de propiedad municipal”. Pero en este caso, el fallo a favor del municipio no está firme, aclaró Santana. “Si bien se deja de cobrar una acreencia, tengo entendido según lo que nos expresó la secretaria, se necesitará mayoría simple porque fue un acuerdo de ambas partes y se desiste de algo que todavía no tiene derecho firme al cobro”, dijo.
El tema será analizado el próximo viernes en el Consejo en Comisión. “Si bien participamos de la reunión ya que se le dio lectura y uno puede tener acceso a lo que es el expediente, no tuvimos todavía acceso a copias del escrito porque está en la secretaría del Concejo”, expresó. El expediente tendrá despacho de comisión para la sesión del jueves 25 de agosto y “seguramente se trataría para la sesión del 1º de septiembre”.

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