El CoNDeRS invita a pedir por e-mail a los senadores “que no aprueben el pliego de Tomaselli”

Comunicado Textual:
Estos son los mails de los Senadores de Entre Rios que el Jueves 16 de Febrero a las 16 Hs. deben evaluar el pliego del abogado Raul Tomaselli para acceder al cargo de Juez Titular en el Juzgado nº 1 de familia, civil y penal de menores en Concordia. El abogado (Raúl) Tomaselli como Juez Interino vulneró los derechos de la niña de 11 años violada y embarazada al judicializar el caso y permitir que tomara estado público, incumpliendo el Art. 86 y el 119 del C.PN. Además de incontables Convenciones y Pactos Internacionales, leyes Nacionales y la propia Constitución Provincial.

La Comisión de Acuerdos Constitucionales del Senado Provincial no aceptó la impugnación al pliego presentada por las distintas organizaciones argumentando que por una hora (60′) fue presentada fuera de término.
El Juez interino (Raúl) Tomaselli y los Senadores estaban al tanto del plazo para las impugnaciones mientras ocurría y se difundía el caso de la niña. Obviamente Tomaselli, no quiso, no pudo y no supo cumplir con la ley vigente especulando con el vencimiento del plazo y que no se presentara ninguna impugnación en tiempo y forma.
Lo logró y los Senadores a pesar de la abundante y explicita fundamentación jurídica y legal privilegiaron los 60 minutos, lo técnico-administrativo para no tenerla en cuenta.

Desde CoNDeRS te invitamos a escribirles a los Senadores para que NO APRUEBEN dicho pliego haciendo uso de nuestro derecho Constitucional de peticionar a las autoridades.

También podes invitar a todos tus contactos para que participen de dicha acción democrática.
Es fundamental la participación de la ciudadanía para evitar que un funcionario que ha violado la ley acceda a un cargo de Juez Titular en forma vitalicia, exponiendo a la sociedad en su conjunto a la vulneración de los derechos humanos.

NEGAR UN DERECHO ES DELITO, participá para que nuestros Senadores sepan que no somos cómplices de la impunidad.

CARTA MODELO
arlettaz@senadoer.gov.ar ; ballestena@senadoer.gov.ar ; bonato@senadoer.gov.ar
brambilla@senadoer.gov.ar; cresto@senadoer.gov.ar; garcilazo@senadoer.gov.ar;
gerdau@senadoer.gov.ar; ghirardi@senadoer.gov.ar; gonzalez@senadoer.gov.ar;
guerra@senadoer.gov.ar; kramer@senadoer.gov.ar; matorras@senadoer.gov.ar;
melchori@senadoer.gov.ar; schaaf@senadoer.gov.ar; suarez@senadoer.gov.ar;
taleb@senadoer.gov.ar; vilheim@senadoer.gov.ar

Copia y pega los mails en las casillas: “Para”, ó “CC” y luego copia en el cuerpo del mail el texto modelo.
No te olvides de firmar al pie.

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Febrero 2012

Sr. Senador/ra.
De mi consideración

Me dirijo a Ud. a fin de hacerle llegar mi disconformidad como ciudadana/no a la aprobación del pliego para el nombramiento de Juez Titular del Juzgado de Familia, Civil y Penal de Menores N° 1 de la Ciudad de Concordia del abogado Raúl Eduardo Tomaselli.
Este pedido se fundamenta en el caso de la violación y posterior embarazo de la niña de 11 años de la localidad de General Campos, que tomo estado público a partir del 15 de Enero como consecuencia de la judicialización, innecesaria, iniciada por el abogado Tomaselli en el Juzgado donde desempeña interinamente sus funciones y de cual será titular si Ud presta su conformidad al pliego. El abogado Raúl Tomaselli no procedió conforme lo estipulan las normativas jurídicas vigentes y afirmo esto por lo siguiente:

El caso de esta niña se encuadra perfectamente en el Art 86 Inciso 1 y 2 del C.P.N. que estipula la NO PUNIBILIDAD del Aborto en los casos de riesgo para la vida y la salud de la mujer gestante y en caso de violación, debiendo intervenir solo el médico diplomado y la mujer configurando así un ACTO MEDICO que no es judicializable. Es un hecho consensuado que una niña de 11 años corre riesgos para su vida y su salud, al enfrentar un embarazo forzado habiéndose ignorado desde el inicio el concepto de salud integral “…estado de equilibrio biopsicosocial y no solamente la ausencia de enfermedad”.(OMS). Suponer lo contrario es alejarse de toda normativa sanitaria vigente y del más elemental sentido común.
El Art. 119 del Código Penal, estipula que si una niña menor de 13 años esta embarazada esto es necesariamente producto de una violación. Por lo tanto es innecesario y violatorio de sus derechos someterla a peritajes varios ya que la prueba de violación es el embarazo mismo

Preocupa que el abogado Tomaselli, haya desconocido la abundante Jurisprudencia Nacional existente para defender los derechos de esa niña embarazada de 11 años e incluso demostró ignorar la Jurisprudencia emanada del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos del año 2007, como así también los innumerables tratados Internacionales y leyes nacionales de protección a los derechos de niñas/niños/adolescentes, pasando por alto además, la Constitución Provincial en sus artículos, 15,18 y 20.

El accionar indebido del Abogado Raúl Tomaselli se desarrollaba mientras transcurría el plazo establecido para la presentación de impugnaciones, habiendo tomado conocimiento la ciudadanía toda, incluyendo el amplio espectro político provincial y nacional. Esto nos ha generado una enorme preocupación como sociedad ante la posibilidad de que los representantes del pueblo en la figura de los Senadores avalen este pliego y nos expongan al riesgo de la vulneración de derechos por un funcionario que al NEGAR UN DERECHO HA COMETIDO UN DELITO.

Todo lo antedicho muestra clara y contundentemente que el abogado Tomaselli NO es un profesional idóneo para ejercer el cargo que pretende ya que no supo, no pudo o no quiso defender los derechos de una niña abusada y facilitarle el acceso al cargo de Juez Titular implica una complicidad no compatible con su juramento como Senador Provincial.

Sr. Senador/ra., usted como representante del pueblo, que lo voto para garantizar el cumplimiento de la ley, no puede hacer caso omiso a los hechos denunciados y sobre los que se han expedido referentes nacionales e internacionales tanto del campo científico como del académico, jurídico y político.

En consideración a lo aquí expuesto, le solicito que NO preste acuerdo para el Pliego del Abogado Raúl Eduardo Tomaselli como Juez Titular nada menos que de un Juzgado de Familia, Civil y Penal de Menores.

Firma:

DNI:
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