El Concejo Deliberante de La Paz aprobó una ordenanza que garantiza el libre acceso a la información pública

La norma creada por el Concejo Deliberante plantea que “toda persona, física y jurídica, pública y privada tiene derecho a acceder, solicitar y recibir información pública”. Dice el texto que se considera Información Pública a todo tipo de documentación que sirva de base a un acto administrativo, ya sea documentación escrita, fotografías, grabaciones, documentación en soporte magnético, digital o electrónico y/o de cualquier otro tipo de formato o medio de almacenamiento documental a crearse o incorporarse en un futuro.

Entre los principales puntos menciona también que “el acceso a la Información Pública es gratuito, pero las copias y/ reproducciones serán a cargo del requirente” y que “toda respuesta a solicitud de información requerida en los términos de la presente deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles administrativos”.

A su vez, dispone que “el incumplimiento por los funcionarios y/o agentes responsables de la presente reglamentación o que en forma arbitraria no hicieren entrega de la información solicitada o negaren el acceso a su fuente, la suministraren incompleta y/u obstaculicen de alguna forma el cumplimiento de los objetivos de esta ordenanza, serán considerados incursos en falta grave en el ejercicio de sus funciones, siéndolo aplicable el régimen sancionatorio vigente”.

Finalmente establece que la ordenanza de “libre acceso a la información pública” comenzará a regir a los 60 días de ser promulgada. 

 

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