EL PROYECTO APROBADO SOBRE TABLAS
VISTO:
Las reiteradas denuncias y reclamos formulados por empresas y vecinos de la ciudad de Concordia en cuanto a la pésima prestación de servicios de la firma Telecom S.A.; Personal; y ARNET S.A. y;
CONSIDERANDO:
Que tal situación ha generado un malestar generalizado en los usuarios y provocan en la población evidentes daños y perjuicios ya que la obstrucción en la comunicación existente determinan innumerables trastornos tanto en las relaciones comerciales como civiles, vulnerando elementales derechos del consumidor con rango constitucional, todo lo que al momento ha tomado estado público a través de las mas importantes paginas digitales de la región y demás medios afectados también por tales trastornos comunicacionales.
Que en este cuerpo existen Expedientes en trámite Nº 19351, 19359, 19336 por los que se le requería a los prestadores del servicio -que se benefician con enormes ganancias y no cumplen con su contraprestación correctamente- en el que incluso se los exhortaba a dar las explicaciones del caso, sin que estos hubieran hasta el momento tomado razón de tal citación.
Que pese a ganancias millonarias, la compañía de teléfonos Telecom, invierte escasamente o no se nota, pues presta un servicio deficiente, carece del personal técnico suficiente como para atender problemas recurrentes de los usuarios y, por si fuera poco, sus telefonistas y frente a un reclamo informan lo primero que se les viene en gana. Que lo que resulta alarmante de esta situación, es el desprecio que esta multinacional manifiesta por el usuario cada vez que existe un reclamo; declarando que es un “incidente masivo”, que “se va a solucionar en las próximas horas”, situación que se mantiene por espacios prolongados y con el mismo discurso, impidiendo al usuario contar con un servicio que contrató de buena fe y abona mensualmente.
Que el Estado como ente de contralor, debe tomar cartas en el asunto a fin de garantizar el cumplimiento de los prestatarios de servicios, haciendo cumplir todas y cada una de las pautas establecidas en los contratos de servicio establecidos.
En orden a lo anterior, y a que es este el ámbito natural y caja de resonancia de los problemas y soluciones de los vecinos, pongo a consideración de los Señores Concejales el presente proyecto de Resolución tendiente a Intimar por medio de la Presidencia de este cuerpo y en representación del mismo: 1) La inmediata regularización de los servicios; 2) La inmediata comparecencia al recinto a la próxima sesión de personal idóneo de la prestadora a dar las explicaciones y soluciones pertinentes; 3) En caso de incomparecencia o incumplimiento, se dé intervención al área legal del municipio con precisas instrucciones para que se inicien de inmediato las acciones a los que la situación diere.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
ARTÍCULO 1º.- Intímese fehacientemente a la firma TELECOM S.A y su grupo de empresas, sita en calle A. del Valle y San Luis de nuestra ciudad a regularizar en forma inmediata la prestación de los servicios de internet, telefonía, y toda otra comunicación afectada por su exclusiva y excluyente responsabilidad.
ARTÍCULO 2º.- Intímese a la mencionada firma a que representantes idóneos y competentes se hagan presente en el concejo deliberante de la Municipalidad de Concordia, a fin de brindar explicaciones de los servicios brindados; carencia de respuesta a la anterior; y explicar circunstanciada y detalladamente el plan que se ejecute para solucionar definitivamente los trastornos comunicacionales existentes.
ARTÍCULO 3º.- Para el caso de incumplimiento de lo resuelto en el articulo precedente, instrúyase al área jurídica del municipio a fines de que inicien de inmediato todas las acciones civiles, penales y administrativas a los que la situación dé o diere lugar.
ARTÍCULO 4º Dar intervención a Defensa del Consumidor del Provincia de Entre Ríos para que tome debida intervención.
ARTICULO 5º Acumúlese el presente a los exptes. ut-supra mencionados y a todo otro anterior de similar objeto, donde se intimaba a la casa central de la empresa TELECOM y además a las demás prestadoras de servicios de telefonía.
Vale destacar que este proyecto fue debatido a instancias de la concejal Melina Mazaira que, de este modo se suma a los pedidos anteriores.
OTROS PROYECTOS PRESENTADOS CON ANTERIORIDAD
A LA CNC
Artículo 1º: Solicitar informe a la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C:) sobre los siguientes temas:
1.-Si tienen recepcionados reclamos por el deficiente servicio prestado en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos por la empresa Telecom Argentina
2. Si tienen conocimiento de los motivos que han ocasionado la interrupción del servicio a una cantidad considerable de abonados vecinos de nuestra ciudad.
3.- Si tienen conocimiento de los motivos que ocasionan una demora mayor a treinta días en el restablecimiento del servicio.
4.- Si se sabe cuales son las medias adoptadas para solucionar los problemas enunciados precedentemente.
5.- Si se han adoptados medidas indemnizatorias para los usuarios afectados y en su cuales.
6.- Qué medidas serán tomadas por dicho organismo dado su poder de policía en el servicio público de referencia.
A LA EMPRESA CLARO…
Una segunda dirigida al Solicitar a las empresas AMX ARGENTINA S.A (CLARO) con domicilio en Avda de Mayo 878; Telecom Argentina S.A con domicilio en Avda Moró de Justo N* 50 y Telefónica Móviles Argentina S.A. (Movistar) con domicilio en Avda Corrientes N 655 todas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que informe a este cuerpo las siguientes inquietudes generadas en la población:
a) Condiciones y modo en que ofrece el servicio de telecomunicación en la zona de cobertura correspondiente al Departamento Concordia, (correspondiente al prefijo 0345), específicamente con que antenas o celdas las presta y cuál es su ubicación, tanto en Argentina como en Uruguay
b) Modo en que procede a facturar cuando un cliente Argentino (especialmente de Concordia E.R) recibe o genera llamadas desde y hacia nuestro País, pero las mismas se llevan a cabo con el uso de celdas situadas en la República O del Uruguay.
c) Costo del servicio cuando se factura como servicio internacional.
d) Detalle procedimientos que llevan a cabo ante la denuncia de los usuarios de esta zona.
CITACIONES A EMPRESAS DE TELEFONIAS…
Y donde se cita a los responsables técnicos de las empresas a una reunión para analizar la problemática descripta y también para analizar la música puesta en reemplazo de la llamada en esperar
Artículo: 2º: Citar a los responsables técnicos de las tres empresas a este Concejo Deliberante en la fecha más próxima posible a fin de que procedan explicar la ubicación y orientación de las antenas ubicadas en la zona (tanto en Argentina como Uruguayos) y posibles soluciones técnicas para esta problemática.
Artículo 3 Elevar copia del presente a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) con domicilio en Perú 103 (C1067AAC) Buenos Aires a fin de que nos informen si registra denuncias por esta problemática, en su caso cuales son los métodos a seguir por los usuarios para su solución y cuales las sanciones aplicadas a la empresa de comprobarse la infracción.