El Colegio de Abogados resolvió excluir de la matrícula a reconocido abogado de Concordia

En 2016, el abogado concordiense Pedro De La Madrid admitió, en juicio abreviado, que había cometido estafa procesal en un caso que le tocó intervenir en 2013. Por ese motivo acordó una condena de dos años de prisión condicional y cuatro de inhabilitación para el ejercicio de la profesión, sin embargo pudo apelar lo que antes admitió y la sentencia quedó firme 5 años después.

En una resolución del 29 de Octubre del corriente, luego de que la sentencia dictada en 2016 -que declaraba autor material y penalmente responsable de los delitos de uso de instrumento público falso y estafa en grado de tentativa, en concurso ideal, y sustracción y destrucción de medios de prueba en concurso real- quedó firme, al igual que la condena a la pena de 2 años de prisión condicional y la pena de 4 años de inhabilitación para ejercer la profesión de abogado, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Entre Ríos, por unanimidad de sus miembros, resolvió “excluir de la matrícula al letrado Pedro Silvio De La Madrid hasta el cumplimiento efectivo de las penas aplicadas en el expediente caratulado “De La Madrid Pedro Silvio S/Estafa Procesal», conforme sentencia n° 79 de fecha 05-07-2016.”

En tanto, según explicaron a este medio, la semana pasada el STJER emitió un oficio que tendría su razón en la sospecha de que el letrado seguiría ejerciendo a pesar de estar inhabilitado. 

 

El oficio emanado desde el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos:

OFICIO Nº 160  

PARANÁ,  25 de noviembre de 2021

A los Magistrados y Magistradas a cargo de los Organismos Jurisdiccionales de la Provincia de Entre Ríos

SU DESPACHO:

Por disposición superior, tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de hacerle saber que por Resoluciones N°28.800 del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos de fecha 29/10/2021 se excluyó de la matrícula al letrado PEDRO SILVIO DE LA MADRID, hasta el cumplimiento efectivo de las penas aplicadas en el expediente N° 3771-LEC.7417/13, caratulado «DE LA MADRID PEDRO SILVIO S/ESTAFA PROCESAL» conforme sentencia N°79 de fecha 05-07-2016.-.

La resolución del Colegio de la Abogacía fue adoptada por su consejo directivo por unanimidad, tras recibir oficio desde el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, comunicando el rechazo de las apelaciones que había presentado el abogado, de manera tal que la sentencia en su contra quedó firme.

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