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El Colegio de Abogados reiteró que el STJ debe “ejercer el contralor de la conducta” de Castrillón

Días atrás el Colegio había reiterado su pedido para que se investigue la conducta de Castrillón, quien había participado activamente durante la jornada electoral del domingo 18 de marzo pasado, conduciendo un programa en una radio FM de la ciudad de La Paz, donde se habría burlado de las derrotas de los opositores al Partido Justicialista y vitoreado el triunfo del oficialismo.
En este marco de situación, el Superior Tribunal había aclarado que le está vedado realizar investigaciones o emitir opiniones sobre casos en los que se sustancie o se pueda llegar a sustanciar un juicio político, respondiendo así a la “inacción” por parte del órgano a la que se refiere el Colegio de Abogados de Entre Ríos.
Hoy, el Colegio de Abogados ratificó el comunicado hecho público en los medios de prensa de la Provincia el 19 de mayo y días subsiguientes; “por cuanto el mismo no es tendencioso, no es inexacto, ni producto de una conducta negligente”.
En un comunicado enviado a esta Agencia, informó que “de conformidad a lo reglado en el artículo 37 inciso 2 de la Ley orgánica del Poder Judicial Nº 6902, corresponde al Superior Tribunal además de las atribuciones especificadas en los artículos 166 y 167 Constitución Provincial (..) Ejercer la Superintendencia general y el contralor sobre la conducta de todos los miembros del Poder Judicial”.
Por último, desde el Colegio se aclara que “no es intención polemizar con el Superior Tribunal de Justicia, pero es necesario puntualizar nuestra diferencia – respetuosa por cierto -, que se funda en la norma precedentemente citada”.

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