El CGE estableció los procedimientos que deben seguir los maestros del ex 7º año

Ante las consultas recibidas respecto al concurso de titularización “con requisitos” para aquellos maestros que en su opción deseen continuar como maestro del 1° año del Ciclo Básico Común de la Educación Secundaria, informaron que dichos requisitos serán: título de Profesor de Enseñanza Primaria u homólogos; haber ingresado evaluado por Jurado de Concursos al ex 7º año; y contar con tres años de experiencia en el ex 7º año continuos o discontinuos en el período 1999–2.009, al 30 de junio de este año.
“En función de garantizar la continuidad pedagógica en beneficio del proceso de aprendizaje de los alumnos, todo el movimiento, como consecuencia de los concursos u opciones que se realicen durante el corriente año, se viabilizará a partir del primer día hábil del ciclo lectivo 2010”, comunicó el CGE.
“La decisión de brindar la estabilidad a los docentes, normalizando una situación suscitada desde 1999 y sin resolución a la fecha, se sustenta en uno de los ejes de nuestra política educativa, explicitado en el Plan Educativo Provincial 2007-2011: la profesionalización docente”, se agregó.
Además se indicó que las posibilidades de opción establecidas en la Resolución Nº 1.677 permitirán a los maestros que se desempeñan en las escuelas secundarias comunes y en la modalidad de Educación Técnico Profesional:
– Reubicarse en la educación primaria, si fuera titular y hubiera vacantes en la escuela de donde proviene el cargo, en la localidad o en el departamento.
– Reubicarse hasta el 31 de diciembre de 2010 en la educación primaria, si fuera titular y no hubiera vacantes en el corriente año. Después de esa fecha el CGE analizará las situaciones pendientes.
– Adjudicarse un cargo como titular en el próximo concurso para el nivel primario, si fuera SCV o STF en cargo vacante.
– Continuar como maestro en el 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria hasta el 31 de diciembre de 2010, si fuera SCV o STF en cargo vacante y no accediera a un cargo titular en la educación primaria, en los próximos concursos. Después de esa fecha el C.G.E. analizará las situaciones pendientes.
– Titularizar como maestro titular del 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria, si tuviera la titularidad como maestro del nivel primario.
– Titularizar como maestro del 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria, si optara por trabajar en este nivel y reuniera los requisitos del concurso.
Los maestros que se desempeñan en los trayectos “C” y “D” de Educación para Jóvenes y Adultos podrán:
– Reubicarse como maestros en las Escuelas Primarias Nocturnas para Adultos, si fueran titulares y hubiera vacantes.
– Reubicarse hasta el 31 de diciembre de 2010 en la Educación Primaria para Adultos, si fuera titular y no hubiera vacantes en el corriente año. Después de esa fecha el CGE analizará las situaciones pendientes.
– Adjudicarse un cargo como titular en el próximo concurso para el nivel primario para adultos, si fuera SCV.
– Continuar como maestro en el 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria para Adultos hasta el 31 de diciembre de 2010, si fuera SCV, y no accediera a un cargo titular en la educación primaria para Adultos, en los próximos concursos. Después de esa fecha el C.G.E. analizará las situaciones pendientes.
– Titularizar como maestro del 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria para Adultos, si optara por trabajar en este nivel y modalidad y reuniera los requisitos del concurso.
– Titularizar como maestro titular del 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria para Adultos, si tuviera la titularidad como maestro del nivel primario para Adultos.
– Desempeñar funciones extracurriculares en el Ciclo Básico Común de la Educación Secundaria para Adultos, exclusivamente los que se desempeñan en el Trayecto “D”.
Por otra parte, se informó que los maestros de jornada completa que se desempeñan en el ex 7º año, deberán reubicarse en el nivel primario porque esta modalidad no existe en la educación secundaria.
Si los maestros titulares en el ex 7º año se encuentran con licencia por mayor jerarquía porque se desempeñan como suplentes en un cargo directivo en el nivel primario, podrán continuar como tal, aún si optaran continuar en el 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria. Pero no podrán participar en concursos para titularidad en cargos directivos en el nivel primario porque no se encontrarán como personal “titular” activo en dicho nivel, según lo establece la normativa vigente.
Aquellos docentes que reúnan los requisitos fijados y que no puedan acceder a la titularidad por estar ocupando cargos de planta temporaria mantendrán este derecho y podrán realizar la solicitud de titularización al momento que los mismos sean incorporados al presupuesto provincial y pasen a planta permanente.
Aquellos docentes que reúnan los requisitos fijados al 30 de junio de 2009 y que no puedan acceder a la titularidad por estar ocupando cargos con carácter de suplente a término fijo por reemplazar a quien haya optado por continuar en el nivel Educación Secundario, podrán realizar la solicitud de titularización al momento que se produzca el cese del docente que reemplaza.

Con respecto al Concepto Profesional, el mismo será homologado al nivel por el cual el docente opte.

Se recordó que para el ascenso, cada nivel exige determinados requisitos. Así, los Profesores para la Enseñanza Primaria u homólogos, no podrán participar en futuros concursos de ascenso en el nivel secundario, como así tampoco los Profesores para el nivel secundario, de alguna disciplina, pueden participar en los concursos para cargos directivos en el nivel primario, salvo que otros títulos los habilite.
A futuro se convocarán concursos para la cobertura de suplencias para el cargo de maestro del 1º año del Ciclo Básico Común de la Escuela Secundaria, en forma diferenciada al del Nivel Primario, para que puedan obtener su respectiva credencial.
El Consejo General de Educación resolverá todos los casos no previstos en la presente Circular.
Para mayor información, el CGE ofrece a los supervisores del nivel secundario, maestros del 1º año del Ciclo Básico Común de la Educación Secundaria (ex 7º año), que envíen las consultas no contempladas en la circular a la siguiente www.entrerios.gov.ar/CGE, y dentro del menú principal “consultas ex maestros de 7°”.

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