Ya se leyeron los fundamentos del fallo. Recordemos que la Sala 1 de la Cámara del Crimen de Paraná consideró que la causa por abusos contra seminaristas, cometidos por el cura Justo José Ilarraz entre 1984 y 1992, está prescripta y por ende lo sobreseyeron.
Mediante el recurso de casación se solicita “que no prescriba esta causa”, aseveró el letrado a Elonce TV. Las querellas de las distintas víctimas realizan este procedimiento, para evitar que se dicte el sobreseimiento del cura Justo Ilarraz.
“Creemos que podemos llegar a revertir esta situación, en consonancia con el fallo que dictó el juez Grippo, que salió en su oportunidad, favorable a esta parte”, agregó el abogado.
Cabe recordar que a fines del mes de abril, el juez de Instrucción, Alejandro Grippo, dictaminó no hacer lugar al pedido de prescripción del delito de Promoción a la corrupción de menores agravada, presentado por los abogados de Ilarraz, el tucumano Jorge Muñoz y el paranaense Juan Angel Fornerón. Los defensores del sacerdote acusado de abusar sexualmente de menores mientras era prefecto de disciplina en el Seminario de Paraná, insistieron en la prescripción e interpretaron que la argumentación de Grippo refería a “delitos de lesa humanidad, comparables a los crímenes de guerra”.
Tal instancia fue rechazada en forma casi unánime por los abogados querellantes, quienes entendieron que Grippo se refirió a “graves violaciones a los derechos humanos y no delitos de lesa humanidad”.
Ante la prescripción de la causa, Rolandelli consideró: “Entendemos que el hecho de que la causa esté prescripta no significa que el cura Ilarraz sea inocente, porque los hechos se probaron, se tomaron muchas testimoniales en el avance de la causa, que corroboraron los dichos de los chicos que fueron abusados”. Elonce.com.