El alegato del fiscal Larrarte demolió la defensa de Yedro

Comenzó a alegar dándole prioridad a las pericias efectuadas por los tasadores. “Se encuentra probado, en autos, que el Dr. Mario Alberto Yedro, tras asumir como senador en 1995, y mientras permaneció en dicha función hasta diciembre del 99, incrementó apreciablemente su patrimonio y el de su conyugue en la suma de 1.000.000 de pesos-dólares”.
En cuanto al decomiso del campo de Rosario del Tala, el fiscal, citando jurisprudencia, fundamentó el pedido para “impedir que el autor del ilícito pueda seguir disfrutando de lo que él obtuvo”.
“Así como cualquier funcionario público tiene la obligación de rendir cuentas con claridad; más aún un funcionario público que ha manejado dineros del pueblo, que ha vivido del pueblo, que fue elegido para la Cámara de Senadores”, indicó.
Más adelante, se comparó con Yedro, y expresó: “yo tuve una vida muy parecida, me ha tratado de la misma manera. Me tuve que bancar mis estudios en Bs As. al igual que él sin que nadie me los pagara. Llegué a ser abogado y lo único que tengo es una casa en construcción y un auto”.
Larrarte leyó un párrafo de un libro. “Los corruptos son delincuentes que no tienen necesidad de huir de nada, nadie les agarrará el cuello, más allá que algún juez los haga comparecer, es una incomodidad pero finalmente no ocurre nada”. Luego expresó: “espero que en este caso no ocurra esto”.
Al momento de leer los alegatos, Larrarte se acordó de los “pobres” a quienes les pide una pena de hasta cinco años de prisión por “robar una bicicleta”. “Acá se ha robado una suma muy importante de bienes que debería ir a esa gente que tanto la necesita. Es necesario que ese dinero vuelva a la gente”, señaló, golpeando la mesa.

Incremento desmesurado a partir del 96

Larrarte explicó que, tanto Yedro como su ex-esposa, “no obstante ser debidamente requeridos, en fecha 20 de junio de 2000, para que justificara la procedencia licita de tal enriquecimiento patrimonial, no lo hicieron de manera suficiente”. El fiscal sustentó su acusación en distintos elementos incorporados al expediente: informes bancarios, la declaración jurada de bienes de Yedro al momento de asumir como senador (el 14 de febrero del 96) y las tasaciones efectuadas por Escales y Ghilardini. Ambos acreditaron que Yedro y Torres no pudieron ahorrar más de $ 109.000 entre 1995 y 1999.
El fiscal justificó el patrimonio adquirido y declarado por el ex-senador a febrero del 96: el inmueble de calle San Martín al 260; la casaquinta de Puerto Yerúa (a nombre de Torres); una camioneta Toyota Pickup Hilux modelo 95; un Peugeot 205 (a nombre de Torres); un inmueble ubicado en el departamento Concordia, planta urbana, manzana siete; un inmueble rural de 16 has. ubicado en Estación Yuquerí. “A criterio de esta fiscalía, el patrimonio de Yedro es acorde y normal para un desenvolvimiento de un abogado que ha tenido una actuación medianamente exitosa”, dijo Larrarte.
No obstante, el representante del Ministerio Público evalúo que el patrimonio, a partir de esa fecha, tuvo un enriquecimiento que “no se aprecia como una evolución regular, normal, previsible o ajustada a las actividades públicas y privadas”.
En otro párrafo, Larrarte aseguró que “sólo la absurda e ilógica idea de que Yedro y su esposa se hubieran dedicado desde ese momento a ahorrar todos los ingresos que percibían, permitiría; y ni siquiera de esa manera podríamos llegar a justificar el increíble enriquecimiento”.

Rechazó el caso Moledo

Respecto del pacto de Cuota Litis celebrado por la familia Moledo, del cual el ex-senador aseguró haberse quedado con el 50 % de la indemnización ($ 213.000); el fiscal lo calificó como “ilegal” porque la madre estaba disponiendo de los bienes de un menor de edad al momento del pacto. Además, aseguró que debería haber intervenido un Juez de Menores que autorice la cesión de bienes. “Ningún acto dispositivo como es disponer la indemnización puede ser considerado válido”.
Además, calificó como ilegítimo el procedimiento empleado para cobrar los emolumentos por “haber usado un prestanombres para que actúe en su representación”. El socio de Yedro, Daniel Loggio, aseguró al tribunal que percibió el importe pero se lo transfirió a Yedro porque éste último estaba imposibilitado de aparecer litigando contra el Estado siendo senador.
Por si esto fuera poco, Larrarte indicó que lo máximo permitido que la ley permite cobrar en un pacto de Cuota Litis es el 30 % del total. “Podríamos suponer que, a los sumo, de esa cantidad, podría haber percibido $ 109.000”.

Movimientos bancarios

El representante del Ministerio Público indicó que esos $ 109.000 “no se ven reflejados” en los movimientos bancarios efectuados posteriormente a esa fecha. Yedro aseguró que depositó el dinero en el Uruguay. Pero los resúmenes bancarios indican que se había triplicado ese monto; tenía $ 360.000 en plazos fijos.
Larrarte tampoco se pudo explicar como hizo el ex-senador para comprar un campo de $ 800.000 con $ 100.000. “Es ilógico que una persona pretenda, con ese dinero, comprar ese tipo de campos”. Incluso, deslizó una reflexión referida a que: “no estaríamos aquí si Yedro no hubiese comprado ese campo”. Indicó que se guió por la “codicia” y la “impunidad” cuando, en plena investigación, adquirió la estancia de esas características.
Yedro había asegurado que el campo era “barato” y que era “la oportunidad de su vida”. “Los campos no se regalan –dijo Larrarte- por más mal y fundida que estén los propietarios. Es imposible, por más que esté acreditado por una escritura pública, que un campo se compre por el valor fiscal”. Aseguró que valen mucho más que ese precio, incluso indicó que la tasación de $ 1.200.000 es “extremadamente baja”.
Larrarte consignó que cinco días después de haber adquirido el campo de 2.200 has., por el que “Del Rubio y Hunmendi” desembolsaron $ 800.000 “curiosamente” compraron: un elemento láser, de $ 9.150; un acoplado, $ 2.178; una caja volcadora, $ 10.600; dos camiones Iveco, $ 74.000 cada uno; tres cajas volcadoras, $ 21.000; dos acoplados, $ 17.000 cada uno. La suma total de esas compras superaban los $ 230.000. A eso añade la forestación adquirida a los Bruno, cuyo costo fue de $ 100.000.

Entorno cómplice

En cuanto al entorno de Yedro, calificó como sospechoso que el contador Juan Orabona, Juan Martín Telayna y Cutro cediesen a favor del matrimonio Yedro, a poco de constituirse “Del Rubio y Hunmendi”, la totalidad accionaria para que queden como únicos dueños.
Respecto del crédito de $ 200.000 obtenido por Yedro, avalado por plazos fijos avalados por familiares y amigos, dijo: “se le prestó a amigos, a testaferros, a prestanombres, a hombres de paja. Repartió diversas sumas de dinero entre sus compinches; $ 50.000 puso él, $ 250.000 pusieron, Jorge González, Álvez, Ivanovich, Orabona y Telayna”.
Dedicó un párrafo particular al contador Orabona -quien lo acompaño durante su paso por Obras Sanitarias y fue asesor suyo en la Cámara de Senadores-. “Calculo que habrá sido quien directamente fue su asesor para llevar a cabo todas estas maniobras, totalmente ilegales, que le permitieron tratar de acreditar como adquirió esta fortuna que actualmente posee”, expresó.
En los alegatos se incluyó el análisis del contrato de locación de servicios del Senado manifestado por Silvia Torres para sumar ingresos al matrimonio. Larrarte consideró que no fue presentado el contrato precisando “los términos y el objeto de la misma”. Además, valoró que el gobierno provincial negó tal contratación, ni se encuentra reflejado en ninguna declaración impositiva.
Concluyó que: “de haber existido tal remuneración, tiene el carácter de ilegal, no pudiendo de manera alguna justificar el incremento patrimonial”. El ex-senador había manifestado que la función de Torres era “atender gente en su casa”. “Eso no es creíble ni razonable”, dijo. Por cobrar emolumentos si ninguna contraprestación, la calificó a Torres de “ñoqui”.

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