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El abusador de menores al que un juicio abreviado lo salvó de la cárcel

EL ENTORNO FAMILIAR Y LA FISCAL

Francisco Ramón Biderbost, el abusador, abuelastro de una niña a la que le dejará secuelas imborrables, logró que, tanto la familia de la niña como la fiscal permitieran una pena a todas luces mínima, casi insultante.

Imposible no pensar en la educación sexual y en aquellos grupos antiderechos que sostienen la consigna “con mis hijos no”, como si se tratara de una propiedad con la que ellos pueden hacer lo que quieran, por ejemplo esto, permitir que un abusador que le arruina la vida para siempre a una indefensa niña/o quede en libertad.

¿ Podía la fiscal haber accionado para que el juicio no sea abreviado? ¿podía el Tribunal de Apelaciones que integra Lafourcade haber enmendado esa pena casi insultante?

Los fiscales son, a partir del nuevo código, los encargados de la investigación y acción punitiva, por lo que “habría que preguntarle a esa funcionaria porque avanzó con el juicio abreviado”, dijo Lafourcade y explicó que, en su caso, no puede hacer más que lo que hizo debido a que “está dentro de los parámetros de lo que establece la ley”, dijo el juez al programa “Veni que te cuento” de Radio Ciudadana, la radio Pública de Concordia.

En otras palabras, para estos delitos la ley prevé penas que van de los 3 a los 10 años.  

 

EL FALLO

RESUELVO:

I.- DECLARAR AUTOR MATERIAL Y RESPONSABLE del delito de ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA REITERADO, art. 119 primer y quinto párrafo en función del cuarto inc. f) del Código Penal, a FRANCISCO RAMÓN BIDERBOST, D.N.I. —, sin alias, casado, empleado, argentino, nacido en la ciudad de San José, Dpto. Colón, en fecha 09/06/1980, con domicilio en —- la ciudad de Federación, y en consecuencia CONDENARLO a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL.-

II.- IMPONER al encartado FRANCISCO RAMÓN BIDERBOST las siguientes reglas de conductas por el plazo de tres años, conforme lo preceptuado por el art. 27 bis del Código Penal:

1) Mantener su actual residencia debiendo comunicar al Tribunal cualquier cambio. 2) Evitar todo tipo de contacto y por cualquier medio con la menor víctima —-, y mantenerse a una distancia de 200 metros de donde se encuentre la misma. 3) Mantener una entrevista, dentro de los 30 días de que quede firme la presente, con profesionales de la Psiquiatría y Psicología del Hospital San José de la ciudad de Federación fin de que informen si el mismo padece de alguna patología y/o trastorno de tipo sexual, debiendo informar en su caso la necesidad de algún tratamiento específico, el que deberá cumplir en caso de ser indicado. 4) Realizar un aporte económico de cien pesos mensuales al Asilo de Ancianos de la ciudad de Federación por el plazo de tres años. 5) Someterse a controles semestrales de la Asistente Social, o ante quien la reemplace en sus funciones, de los Tribunales de Federación E. R. a fin de demostrar el cumplimiento y sometimiento a las reglas impuestas, y a los fines de informar sobre su desarrollo socioeconómico.-

III.- COSTAS de oficio arts. 584, 585 sig. y concordantes del C.P.P.E.R

IV.- COMUNICAR oportunamente, a la Jefatura Departamental de Policía de Federación, Servicio Penitenciario, Registro Nacional de Reincidencia, REJUCAV, Juzgado de Garantías de Federación, Juzgado de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad y Juzgado Electoral.-

V- ORDENAR, una vez firme la presente, la incorporación del perfil genético del condenado Francisco Ramón Biderbost al Registro Provincial de Datos Genéticos, art. 3 ley 10016 y P-02 del Manual de Procedimientos Administrativos del RPDGA.-

VI.- CITAR a la señora progenitora de la víctima; a los fines de que en plazo de diez días hábiles comparezcan ante la Oficina de Gestión de Audiencias y se les efectúe la consulta prevista en el art. 11 bis de la Ley de Ejecución de Penas Nº 24.660 (incorporado por art. 7° de la Ley Nº 27.375 -B.O. 28/07/2017-).-

VII.- NOTIFIQUESE, regístrese, y oportunamente, resérvese.

Anibal Lafourcade. Vocal
Liliana G. Busto, Secretaria

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