Edificios públicos, sin barreras físicas para personas con discapacidad

En los fundamentos de la iniciativa originada en la Cámara Baja se expresa que las normas nacionales de Protección Integral a Personas Discapacitadas y sus modificatorias, establecen la necesidad de dar protección a las personas con discapacidades motoras y la necesidad de que las provincias adopten medidas positivas tendientes a eliminar las barreras físicas en los edificios públicos y privados.

Para lograrlo se estableció como prioridad la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.

Cuando no sea posible el cumplimiento total y estricto de lo propuesto en la modificación, se deberá presentar un proyecto alternativo que contemple los ajustes razonables y las normas de diseño universal para los casos de adaptación de entornos existentes.

Además se prevé que los edificios existentes deberán adecuarse gradualmente a lo prescrito por la Ley N° 22.431 y modificatorias, dentro de los plazos fijados por una reglamentación que deberá dictar el Poder Ejecutivo Provincial después de promulgar la presente norma.

Se establece que el Instituto Provincial de Discapacidad actuará como organismo de asesoramiento y control para garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad.

La norma, que pasó al Ejecutivo para su promulgación, indica que se deberá enviar copia a los municipios invitándolos a modificar los códigos de Edificación y Planeamiento Municipales para ser presentados en los Concejos Deliberantes, garantizando la accesibilidad a edificios públicos o que sean de uso público.

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