En la causa la fiscalía, la defensa y el imputado llegaron a un acuerdo de "juicio abreviado" por el cual el acusado reconoció el hecho por el cual se lo acusaba y acepto se le imponga la pena antes descripta de cumplimiento condicional, obligándose a cumplir con una serie de normas de conductas que le fueron detalladamente explicadas, y que en caso de incumplir con alguna de ellas la pena se haría efectiva.
Perroud informó a los presentes en las sala de audiencias que luego de haberse desarrollado la audiencia de juicio abreviado (introducida de común acuerdo la prueba y escuchados los argumentos de la fiscalía y defensa), se entendió que correspondía hace lugar al acuerdo celebrado y por lo cual condenar al acusado, por entender que las pruebas de cargo -sumado al reconocimiento expreso-, acreditaban sin lugar a dudas la existencia del hecho y la autoría del mismo.