El bloque de concejales de Juntos por el Cambio de Concordia elevó esta mañana una nota al Presidente Municipal para “ponerlo en conocimiento de una situación generada en la última sesión ordinaria donde el oficialismo haciendo uso de una ‘interpretación’ del reglamento del Concejo Deliberante, aprobó una serie de proyectos sin contar con las mayorías requeridas.
El artículo 99° de la Ley N° 10.027 (Ley de municipios de Entre Ríos) establece que se requiere el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los miembros del Concejo: a) Para enajenar o gravar los bienes o rentas de propiedad municipal. El Concejo Deliberante podrá asimismo autorizar la venta sin el requisito de la licitación o subasta pública de los bienes de propiedad municipal por el procedimiento que el mismo determine, cuando razones de utilidad pública o de promoción del bienestar general de la población lo aconsejen. b) Para contraer empréstitos o crédito público con destino al financiamiento de gastos corrientes. c) Para corregir o excluir a un concejal en los casos del Artículo 91º de esta ley. d) Para tomar las decisiones autorizadas por los incisos 7º y 8º del Artículo 96º. e) Para insistir en una ordenanza vetada por el Departamento Ejecutivo. f) Para disponer una consulta popular, Articulo 170º de esta ley o g) Para la delegación y concesión de servicios públicos, Artículo 184º y 186º de esta ley.
No obstante, la discusión no fue por ninguna cuestión de las enumeradas. Surgió cuando se debatía el ingreso para tratar sobre tabla un proyecto de la concejal Claudia Villalba (Frente de Todos) para declarar de interés municipal un encuentro virtual organizado por el Comité para el Desarrollo de la cuenca del Río Uruguay”. Se levantaron siete manos pero para el concejal Felipe Sastre no era suficiente. “Se está interpretando de manera incorrecta el reglamento”, dijo en ese momento. Luego de un cuarto intermedio y la votación, la sesión siguió adelante. No obstante, para la oposición no hubo punto y aparte y envió esta mañana una carta a Francolini cuestionando la interpretación de los 2/3 votada en la sesión.
Esta mañana, el presidente del cuerpo, Daniel Cedro, explicó lo acontecido basándose en el artículo 40° del reglamento. “Todo asunto presentado al Concejo puede ser tratado sobre tablas, previa moción al respecto, la que deberá ser acordada por dos tercios de votos de los presentes”. A su criterio, la cuestión es simple: “daba 7,32, por lo tanto, se redondea en 7”. “El articulo no dice más de 2/3: dice 2/3”-
Al mismo tiempo, Cedro sostuvo que al artículo 95° del reglamento señala que “si ocurriese alguna duda sobre la inteligencia de uno o más artículos de este reglamento, deberá resolverse inmediatamente con una votación del Concejo, previa discusión”. “Se puso a consideración y por mayoría se votó que los 2/3 en el caso de 11 concejales se consideraba 7”, indicó.
Pero para la oposición “hubo un mal uso de los 2/3, planteada en pleno recinto el pasado jueves, por lo que, frente a esta situación irregular, se propone al Poder Ejecutivo abstenerse de promulgar lo aprobado mediante este ‘atropello institucional’. En la nota además se deja claro que en caso que el Presidente Municipal no coincida con lo planteado y fundamentado, “la Municipalidad de Concordia promueva una acción declarativa de certeza a los efectos que sea la Justicia la que disipe toda duda que pudiera existir”.
Cedro sostuvo que lo sucedido está dentro del juego democrático y lo que se votó está “dentro de lo que establece el reglamento y no fuera del reglamento”. “Cuando hay dudas, es el propio cuerpo quien interpreta el reglamento”, indicó.
Por último, mencionó que lo que se votó era una declaración de interés municipal. “No siquiera tenía trascendencia institucional, resulta medio caprichoso”, opinó. “Si vas a plantear la nulidad, es ¿de toda la sesión? o ¿de esa votación que era una declaración de interés? Es la nulidad por la nulidad misma” concluyó.