Cresto, que preside la comisión de legislación general señaló que, “este miércoles realizamos la reunión conjunta de las comisiones de Legislación general y la de Salud, en la cual unificamos los proyectos y efectuamos el dictamen para que se apruebe en la próxima sesión. Además contamos con el compromiso del Senado para que una vez allí sea tratada con celeridad para que se comience a aplicar” sostuvo Cresto.
El legislador indicó que “si bien es similar a otras leyes aplicadas en provincias de la mesopotamia es más amplia, ya que abarcará no solo a las oficinas públicas sino también a todos los establecimientos privados e incluso instituciones de salud, medios de transporte, restaurantes, bares, confiterías, lugares donde se brinda el servicio de utilización de computadoras y/o conexión a Internet y lugares donde se brinda el servicio de comunicación telefónica, paseos de compras cerrados como galerías, supermercados, almacenes y similares, además de salas de teatro, cine o cualquier ámbito cerrado donde se desarrollen espectáculos culturales, lugares de acceso público de reducido tamaño como cajeros automáticos o cabinas telefónicas, terminales de ómnibus de transporte de pasajeros de todo tipo y distancia, todo lugar donde se comercialice cualquier producto de bienes o servicios, y lugares de trabajo cerrado cualquiera sea la naturaleza de la relación laboral, pública o privada” indica el proyecto.
Asimismo Cresto explicó que “también se prohibirá la venta, distribución y/o entrega por cualquier medio de productos del tabaco en establecimientos educativos de todos los niveles; establecimientos sanitarios públicos y privados; lugares de concurrencia masiva para menores de edad; establecimientos deportivos y todo organismo, centralizado o descentralizado, que pertenezca al Estado Nacional, Provincial o Municipal”. Además agregó que “el artículo 11 prohíbe la venta, promoción, entrega o distribución de productos de tabaco a menores de 18 años de edad para su consumo o para el consumo de terceros, y/o todo producto que por su denominación, formato o envase, constituyan una evidente inducción a generar o difundir el habito de fumar. A tal efecto, el vendedor deberá tomar todas las medidas razonables incluyendo el requerimiento de algún documento que pueda acreditar la edad del comprador” indica.
Por su parte el diputado Zacarías confirmó que “el próximo 29 vamos a poder tratarlo por el consenso generalizado que tiene de todos los partidos, tanto del PJ como del radicalismo y las demás fuerzas políticas que han comprendido el alcance de la norma, y estoy seguro que la sociedad entrerriana valorará estas leyes que tienen a proteger la salud de todos, tanto de los que fuman como de los que no lo hacen”.
Por último el legislador resaltó que “este proyecto tiene como objetivo una Entre Ríos libre de humo y libre de tabaco y junto al diputado Cresto coincidimos en unificarlo porque creemos que existe un consenso generalizado, ya que una encuestas que poseo denota que más del 90% de los entrerrianos están a favor de este tipo de leyes antitabaco que pretende preservar la salud de todos aquellos que están expuestos al humo del cigarrillo” concluyó.
Cabe resaltar que en la reunión de ambas comisiones estuvieron presentes los diputados Juan Domingo Zacarías; Enrique Cresto; Oscar Grilli, Osvaldo Fernández, Beatriz Montaldo, Adrián Fuertes y Hernán Vittulo.