El artículo 1º de la Ley aprobada hoy en la Cámara de Diputados determina: «Suspéndase en todo el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, a partir del 1º de febrero del corriente año y por un plazo de 180 días hábiles, las ejecuciones hipotecarias que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor».
A su vez, en su artículo 2º aclara que se exceptúan los «créditos de naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales y los créditos laborales»