La iniciativa de Bargagna y Monge establece que el procedimiento de suspensión del suministro y/o prestación de servicios públicos a los usuarios por falta de pago de un período de facturación, sólo podrá tener principio de ejecución previa intimación fehaciente al mismo, por el termino de diez días hábiles como mínimo, luego de producido el incumplimiento.
Hace más de un año, la Empresa de Energía de Entre Ríos (Enersa) informó que a partir de la factura enviada en mayo de 2013 y desde ese momento en adelante dejaría de remitir comunicación previa a la suspensión del suministro en caso de falta de pago de algunas de las cuotas del servicio.
En septiembre de 2013, la Cooperativa Eléctrica de Gualeguaychú comenzó a dar cumplimiento al nuevo contrato de concesión, que los habilita a hacer los cortes sin aviso y además, a rehabilitar el servicio en un plazo de 48 horas. Hasta ese momento, la empresa suspendía el suministro de mañana y efectuaba la reconexión de tarde.
Hasta noviembre de 2013, los usuarios y asociados de la Cooperativa Eléctrica s de Concordia recibían el aviso de corte. Pero desde diciembre en adelante, la distribuidora informó que no emitiría más avisos de suspensión de suministro.