Diputados insistirán con destinar la mejora de la recaudación a salarios estatales

La sesión, prevista para las 10, servirá entonces para reafirmar el artículo cuarto que introdujo el Peronismo Federal en la Cámara baja con una propuesta que alcanza a los estatales activos y pasivos y que se hará efectiva en tres pagos.
De todos modos, el proyecto debe retornar al Senado, donde serán necesarios los dos tercios para insistir en la versión original del proyecto, por lo que podrá lograrse no sólo con adhesiones de otros blouqes, sino también con ausencias ya que el artículo 128 de la Constitución reformada en el 2008 establece que serán dos tercios de los presentes.
Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año, sino cuando vuelva a presentarse y fuera apoyado, por dos tercios de votos de los miembros presentes de la cámara que lo rechazó. Si sólo fuera adicionado o corregido por la cámara revisora, volverá a la de su origen y si en ésta se aprobaran las adiciones o correcciones por mayoría absoluta, pasará al Poder Ejecutivo. Si las adiciones o correcciones fueran desechadas volverá por segunda vez el proyecto a la cámara revisora, y si aquí fuesen nuevamente sancionadas por una mayoría de dos terceras partes de sus miembros, pasará el proyecto a la otra cámara y no se entenderá que ésta reprueba dichas adiciones o correcciones, si no concurre para ello el voto de dos terceras partes de sus miembros presentes.
El 18 de agosto se celebró entre la Nación y la Provincia el Convenio Bilateral por el cual la provincia adhiere al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, sujeto a ratificación por parte de la Legislatura provincial. La operatoria se enmarca en el Decreto 660/10 del Poder Ejecutivo Nacional, según se informó oficialmente.
El ingreso por parte de las provincias al Programa es opcional, y permite incorporar los saldos al 31 de mayo de 2010 de determinadas deudas con la Nación (Programa de Unificación Monetaria, Canje Provincial y Municipal, y Convenios de Asistencia Financiera). Para Entre Ríos, ello suma unos 2.842 millones de pesos, que representa más del 70 por ciento de su deuda consolidada, lo cual habla a las claras de la significatividad para las finanzas provinciales.
El Programa prevé como cuestiones muy sobresalientes la eliminación del ajuste por CER (Coeficiente de estabilización de referencia), y una reducción del orden del 15% del saldo incorporado (por unos 418 millones de pesos), a raíz de la distribución de Aportes del Tesoro Nacional existentes al 31/12/09, y un interés de financiación a una tasa del 6% anual. La normativa prevé que aquellas Provincias que no adhieran plenamente al Programa , no se beneficien con la distribución del Fondo y que ese importe se redestribuye entre las que si hagan uso de esta opción.
El nuevo esquema plantea el pago de servicios recién a partir del año 2012 y hasta el 2030, abonando un interés fijo y en pesos del 6% anual, es decir una tasa de interés sumamente baja. Se mantiene la garantía de Coparticipación (la misma que hoy rige para las deudas que se incorporan al Programa).
La vigencia del Programa solo puede darse a partir del dictado de una ley provincial, por lo cual hasta tanto la Provincia cuente con esa norma, se siguen abonando las pagos bajo las condiciones actuales.

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