Pasadas las 19:30, en la Cámara de Diputados se escuchó la cuenta regresiva que seguían a viva voz desde los balcones los militantes de la comunidad LGBT acompañando la pantalla del recuento de votos. Entonces el resultado pudo leerse cuando la marca llegó a cero: de los 192 diputados presentes, 167 habían votado a favor y otorgado media sanción al proyecto de ley de identidad de género. Hubo aplausos y abrazos. Una emocionante sesión en la que algunos diputados que habían votado en contra del matrimonio igualitario esta vez apoyaron el proyecto para que las personas puedan registrar su identidad según cómo perciben su sexualidad. Sin tener que pasar por una requisa médica autorizante ni por desgastantes procesos judiciales. Apenas comenzaron sus alocuciones los diputados y diputadas empezaron a adelantar cómo votarían sus bloques. Así fue en el caso de Federico Storani, de la UCR que apoyó en general y en particular; o el de Federico Pinedo, del PRO.
La ley privilegia la “vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente”, autoriza la llamada “rectificación registral del sexo”, y garantiza la realización de intervenciones quirúrgicas totales y/o parciales para adecuar el cuerpo en hospitales públicos, privados y obras sociales. Establece que las personas podrán, además solicitar “el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida”. Entre los requisitos contemplados se menciona que la persona que solicite la rectificación registral del sexo y su cambio de prenombre debe “acreditar la edad mínima de 18 años de edad”.
Sin embargo, en el caso de los menores de esa edad la solicitud del trámite deberá ser efectuada por medio de los “representantes legales y con expresa conformidad del menor”.
Para lograr la rectificación la persona debe presentar ante el Registro Nacional de las Personas una solicitud en la que manifieste “encontrarse amparada por la presente ley”. Gustavo Ferrari (Peronismo Federal), planteó disidencias al artículo 5, que refiere a los menores de edad, para decir que el acceso de menores a la rectificación registral es “riesgoso, que con la sola voluntad de los padres se pueda cambiar el nombre y la identidad sexual de un niño que aún no está en su pleno razonamiento”. En cuanto al artículo 11, de las prestaciones de salud, pidió “delimitarlas”.
Tanto la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (FALGBT) como la Asociación de travestis, transexuales y transgéneros de Argentina (ATTTA) celebraron ayer la media sanción: “Ahora vamos por los senadores”, decían por Twitter.
El proyecto fue apoyado por los bloques del Frente para la Victoria, Partido Socialista, la Unión Cívica Radical, la CC-ARI, el Peronismo Federal, el PRO, Nuevo Encuentro, el Partido Demócrata Progresista, GEN, Proyecto Sur, Frente Amplio Progresista, y Partido Justicialista Pampeano entre otros.
Media sanción para la norma que permite la muerte digna
La batalla de Selva Lorena Herbon por lograr lo que entiende mejor para su hija −en estado vegetativo desde que nació el 27 de abril de 2009− registró ayer un hito: la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto consensuado por tres comisiones que modifica y aclara puntos grises de la Ley 26.529 de derechos del paciente al incorporar mejoras sobre la dignidad de los enfermos en situación terminal o de agonía.
“Einstein dijo: ‘existen dos formas de vivir la vida, una es pensar que no existen los milagros y otra es que todo es un milagro. Hoy quizá sea un día de milagros, donde el ser, el pensar, el sentir y el actuar van de la mano. Que así sea”, había escrito ayer por la mañana Selva en su muro de Facebook. Una vez que se aprobó en general la norma −cerca de las 21:30−, la emoción le ganó a la entereza que mantuvo hasta entonces y se abrazó en los palcos del público junto a Susana Bustamante, la mamá de Melina, una joven de 18 años que murió este año luego de sufrir una larga agonía.
Selva y el resto de familiares de personas en situación terminal tienen el compromiso del gobierno nacional y del Senado de que antes del 30 de diciembre, en sesiones ordinarias o extraordinarias, se trate la sanción del proyecto votado anoche y la reglamentación de la Ley 26529 y entonces la tarea por la muerte digna que desplegaron este año estará completada.
La votación del proyecto en general –al cierre de esta edición se avanzaba en particular− tuvo 142 sufragios por la afirmativa, otros seis por la negativa y cuatro abstenciones: y ahora deberá ser el Senado el que lo sancione, pero no será este año ni con la actual composición de la Cámara Alta sino con la que asuma el 10 de diciembre. En el otro cuerpo existen iniciativas vinculadas a la muerte digna, pero no son contradictorias con la norma aprobada en Diputados.
Los artículos sumados hablan de “autonomía de la voluntad”, sobre que “el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir en los términos de la Ley 26.061 a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o salud.”
Entre otras cuestiones, también se estableció que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la presente ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas del estricto cumplimiento de la misma”.