Las modificaciones
El ministro de Economía Diego Valiero había destacado días atrás que en el caso del Código Fiscal, que lo que se pretende hacer es modificar, actualizar e introducir reformas de algunos artículos que hace muchos años estaban vigentes y que se encuentran desactualizados. “Para ello se readecuan normativas internas, con el fin de que nosotros estemos actualizados en relación a las otras provincias que integran la Región Centro, como también para mejorar el funcionamiento de algunas herramientas de la DGR con el fin de que pueda fiscalizar y fijar reglas más claras, porque estaba desactualizada”.
En el caso del impuesto a los ingresos brutos, había indicado que se establecía “un régimen simplificado que favorecerá a los sectores de servicios y otras actividades que tienen ingresos por montos pequeños (18.000 o 36.000 pesos, según la actividad), ya que pagarán montos fijos por tramos. Esto los favorecerá, puesto que no deberán hacer declaraciones juradas mensuales sino anuales”.
Había indicado además que “las alícuotas de ingresos brutos para todos los bienes y servicios que se incorporen y que formen parte principal de los productos terminados, que son objeto de actividades exentas, se mantienen en el 1,6 por ciento”.
“Para clínicas y sanatorios, que tenían un sistema de pago de ingresos brutos por el criterio de lo devengado, por el término de dos años pagarán el impuesto por lo percibido y no por lo devengado. Esto los beneficia, en virtud de los atrasos que sufren en los pagos obras sociales, fundamentalmente el PAMI, ya que tenían que pagar los impuestos sin haber recibido los ingresos”, explicó.
En el caso de las cooperativas, “la decisión política es mantener las exenciones impositivas (100 por ciento a automotores e inmobiliario y 50 por ciento de ingresos brutos), pero la condición es que para acceder a ese beneficio deberán estar regularizadas ante el Instituto Provincial de Cooperativas. Además se exime del pago de ingresos brutos a las cooperativas que presten servicios de cloacas”, entendió Valiero.
“También habrá un beneficio para el caso de los aportes de la Ley 4035 (impuesto a la nómina salarial), estableciéndose que sólo lo que sea remunerativo integrará la base de esta contribución, que deben realizar las empresas sobre sus empleados. Además, se introduce el beneficio de que por el término de un año la empresa que tome nuevos empleados no pagará el tres por ciento de aporte patronal”, había informado el ministro de Economía.
Por otra parte, se le otorgó al Poder Ejecutivo la facultad de reducir la tasa que rige la alícuota de ingresos brutos, cuando sea necesario, para promocionar y mejorar el perfil alguna actividad.
“Para los impuestos inmobiliarios se mantiene y reafirma el principio de la progresividad. Por eso se otorga una facultad especial para el Poder Ejecutivo, con el fin de favorecer y reducir el monto del impuesto a los productores que vivan en la misma fracción de campo donde desarrollen sus actividades, que no tengan otra actividad y cuya valuación sea menor a 120.000 pesos, lo que favorecerá la radicación de pequeños emprendimientos. Quienes tengan avalúos menor a ese monto tendrán una disminución del impuesto del 20 por ciento, mientras que el buen pagador se beneficiará con el 10 por ciento de descuento”, había informado.
En la cuestión de los impuestos a los automotores, se modificaron las alícuotas. Para el caso de los autos se estableció una baja concordante con lo que es la Región Centro, previéndose dos alícuotas: una de 2,30, para los vehículos con antigüedad no mayor a cinco años, y otra de 1,80 para los de más de cinco años. También hubo modificaciones de alícuotas de camiones, ómnibus y utilitarios, mientras que las maquinarias agrícolas seguirán exentas.
Además se decidió facilitar la radicación en Entre Ríos de vehículos que actualmente están tributando en otras jurisdicciones, sin penalizaciones ni multas por el término de un año. El blanqueo total será para quienes poseen un vehículo, mientras que los que posean más de esa cantidad se le eximirá la multa en un 75 por ciento.