La Comisión de Salud, que ahora también abarca Desarrollo Social, luego de la salida del ministro del área Hugo Cettour y su reemplazo por Carlos Ramos, se reunirá el martes a las 10.
Los legisladores que integran tal comisión legislativa abordarán dos temas, por un lado el proyecto que dispone en todo el territorio provincial el cobro del plus por servicios médicos y ramas conexas y, por otro lado, la iniciativa que dispone declarar a Entre Ríos en emergencia sanitaria por falta de anestesistas.
Para tratar el primer tema, se convocó a los representantes de la Asociación de Clínicas y Sanatorios de Entre Ríos (Acler) y de la Federación Médica de Entre Ríos (Femer).
El número de razones es amplio y variado por las que muchos profesionales cobran pus es amplio y variado. Porque las obras sociales pagan poco a los profesionales, porque algunas prestaciones superan el cobro de orden médica, porque los acuerdos lo realizan las cámaras o círculos médicos y muchos profesionales no están de acuerdo o directamente porque lo consideran legítimo en el marco de las negociaciones con las obras sociales, entre muchas otras, han coadyuvado para que en la historia de las últimas décadas los convenios para que los médicos no le cobren plus a los trabajadores han fracasado.
Por ello el diputado Daniel Ruberto decidió avanzar en un proyecto que involucre directamente al Estado como contralor de estos convenios y finalmente los trabajadores dejen de pagar el plus o adicional que los médicos muchas veces cobrar por encima de la orden que deben “comprar” en la obra social.
El artículo Nº 1 dispone que se prohíba en todo el territorio de la provincia el cobro de “Plus” a toda persona física o jurídica por los servicios médicos y ramas anexas que brinden a los afiliados que gocen de cobertura médico asistencial otorgadas por entidades incluidas en las leyes nacionales Nº 23.660 (de Obras Sociales), Ley Nº 23.661 (Sistema Nacional del Seguro de Salud) y de la Ley Provincial Nº 5326/73, siempre que los mismos se perciban por sobre los aranceles fijados en convenios suscriptos entre la entidad y los profesionales citados u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución”.