El proyecto había ingresado por senadores y contaba con media sanción en la Cámara Alta, en tanto que en el día de ayer fue convertido en ley tras su aprobación en el recinto de Diputados. La provincia expropiará el inmueble, el cual fue tasado en $ 11.128,76, suma a la que hay que agregarle $ 423.750,35 en concepto de mejoras.
En los fundamentos, se destaca que «los sucesivos proyectos de sacar la producción a través de un tren de barcazas, tropieza con la dificultad que aguas abajo del actual Puerto de Concordia, existe el impedimento natural llamado Paso El Corralito, y que para mantener expedita la vía fluvial requiere de grandes gastos en materia de dragado».
De esta forma y luego de varias consultas se ha determinado que la mejor ubicación para el puerto de la región de Salto Grande se encuentra ubicado en lo que fuera el frigorífico CAP Yuquerí. Opinión que fue avalada por el Presidente del Instituto Portuario Provincial, Hugo Rodríguez.
La ley apunta así a expropiar el terreno vacante por la quiebra de la empresa «Maderas ecológicas del Litoral S.A.», que actualmente se tramita ante el Juzgado Nacional de Comercio Nº20 de la Capital Federal.
Por último el proyecto sostiene que «el gobierno de Entre Ríos» –a través de la Cafesg- «tiene entre sus objetivos de desarrollo regional el de impulsar un nuevo puerto para la región de Salto Grande», en tanto que importantes empresas radicadas en la zona «han demostrado su interés en contar con la vía fluvial para sacar la producción» concluye.
Texto aprobado
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1º): Declárese de interés público y sujeto a expropiación el inmueble subrural, ubicado en el Departamento de Concordia, zona subrural de la ciudad y que figura en Catastro de la Provincia con número de Plano: 53.294, Nomenclatura Catastral: Sec. 79, Grupo 0, Manzana 0, Parcela: 15, Partida Provincial Nº 126276/6, Superficie de: 21 Has, 68 Cent. 5 Areas, que fuera del ex Frigorífico CAP Yuquerí S.A., hoy propiedad de MADERAS ECOLÓGICAS DEL LITORAL S.A. – CUIT Nº 30-64771935-6 y/o de Hernán Domingo GOMEZ, DNI Nº 16.202.707, concursados oportunamente y cuya quiebra tramita por ante el Juzgado Nacional de Comercio Nº 20, de la Capital Federal, a cargo de S.S. el señor juez Dr. Raúl Taillade, secretaría del Dr. Luis Palomino, autos: «MADERAS ECOLÓGICAS DEL LITORAL S.A./CONCURSO PREVENTIVO HOY QUIEBRA».
ARTICULO 2º):Autorízase a la Provincia de Entre Ríos a realizar los trámites de expropiación sobre los bienes individualizados en esta Ley.
ARTICULO 3º): La Provincia de Entre Ríos realizará el deslinde de las áreas que serán afectadas con el fín del funcionamiento y operación del Puerto Yuquerí dentro de los inmuebles declarados de interés público.
ARTICULO 4º): Establécese que en al fijar los montos dinerarios de la expropiación se tenga en cuenta que la valuación fiscal del terreno es de $ 11.128,76.- y que en el inmueble existen mejoras declaradas por $ 423.750,35.- las que han sido saqueadas e incendiadas como consecuencia del abandono en que se encuentran con motivo de la quiebra aludida en el punto 1º y que los inmuebles adeudan al fisco provincial en concepto de impuesto inmobiliario la suma de $ 54.564,16.- a la fecha.
ARTICULO 5º): Establécese que los gastos y fondos necesarios para el pago del precio y/o indemnizaciones que corresponda para la adquisición del inmueble serán por cuenta de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 6º): Comuníquese al Juzgado en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Raúl Taillade, Secretaría del Dr.Palomino, de la Capital Federal que tramita la presente declaración de interés público y sujeto a expropiación del bien individualizado en el punto 1º.