Así, los entes conformados a partir de la agrupación de municipios o juntas de gobierno, «tendrán capacidad legal para actuar publica o privadamente y adquirir derechos y contraer obligaciones del modo en que lo determinen sus reglamentos» según sostiene el Artículo 2º.
En este sentido, Cresto, autor de la iniciativa, indicó que «se trata de una ley de suma importancia para la provincia puesto que permite desarrollar al máximo el potencial de cada región, otorgándole capacidad asociativa a los gobiernos locales para funcionar como un ente superior a cada uno de los miembros que la componen y permitirle, de esta forma, alcanzar objetivos que individualmente muy pocos lograrían» explicó.
Al respecto Cresto resaltó que «así por ejemplo la provincia de Entre Ríos posee regiones cuyas producciones se centran en el algodón, o en el arroz, o en la madera y así en distintas unidades productivas, por lo que esta norma les permitirá funcionar mancomunadamente a cada municipio o gobierno local en la búsqueda de concreciones de intereses comunes» dijo.
El legislador concordiense señaló por último que «este tipo de posibilidades jurídicas ya existen en otras provincias como Córdoba o Buenos Aires, y creemos que para Entre Ríos puede significar un gran avance incluso en materia turística, atendiendo a la gran demanda que sobre este rubro sigue creciendo» concluyó.