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Diputados aprobó dos resoluciones que rechazan expresiones de “intolerancia y fanatismo”

El texto de la norma resuelve “repudiar las pintadas de simbología que sufriera el Partido Comunista de Concordia, por constituir expresiones xenofóbicas, racistas y discriminatorias”, en tanto que también se solidariza “con los militantes de dicho partido y con la comunidad judía de esa ciudad”.
El legislador radical fundamentó la iniciativa diciendo que “es imprescindible que explicitemos nuestro más enérgico repudio hacia estas manifestaciones de intolerancia y racismo, extrañas a la vocación democrática a la que adscribimos”.
“Este tipo de accionar constituye una abominable expresión de antisemitismo e intolerancia, y agrede la dignidad y la vocación democrática de los entrerrianos”, dijo el diputado oriundo de Concordia.
La segunda Resolución lleva la firma del diputado provincial José Artusi y atiende la aparición en las calles de Concepción del Uruguay de panfletos que convocaban a boicotear a comercios propiedad de personas de origen judío. Los volantes fueron distribuidos en forma anónima y, según se detalla, basándose en que “todo el dinero que ganan lo mandan a Israel para financiar todo hecho criminal sionista”.
Por ello, el Artículo 1º de la norma repudia “la manifestación de antisemitismo constituida por la aparición en Concepción del Uruguay de un panfleto anónimo convocando a boicotear los comercios de ciudadanos judíos”, en tanto se solidariza “con la comunidad judía uruguayense ante los agravios ocurridos”.
El radical Artusi entendió que “es imprescindible que reaccionemos a tiempo y no dejemos de condenar contundentemente estas actitudes, para que la sociedad rechace de manera unánime a quienes pretenden perturbar la pacífica y cordial convivencia entre personas de todas las razas y religiones”.
A su vez, el legislador de la oposición exigió la intervención de las autoridades competentes ante la posible comisión de delitos tipificados y penalizados en la Ley Nacional Nº 23592, que en su Artículo 3º reprime con prisión de un mes a tres años a quienes “realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.

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