El programa convocará a las entidades comerciales y cámaras empresariales con actividad en el ámbito de la provincia, organismos y empresas públicas, organizaciones civiles y entes profesionales al efecto que las ofertas de trabajo se publiquen en el sitio web dispuesto al efecto, el que tendrá actualización diaria. Es un programa estatal técnico a cargo de un equipo de profesionales especializados en las áreas laboral y profesional.
En el artículo 1º se crea la Bolsa de Trabajo Entre Ríos “en el ámbito de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Gobierno y Justicia, Gobierno de Entre Ríos, con la función de generar un espacio en la web que permita publicar ofertas de trabajo a los comercios, empresas, instituciones públicas y privadas y profesionales que requieran personal de la provincia de Entre Ríos; y para que las personas que buscan trabajo puedan registrar sus postulaciones, como mecanismo de acercamiento entre las ofertas y demandas de puestos de trabajo”.
En el artículo 4° se establece que son funciones de la Bolsa de Trabajo Entre Ríos: a) Crear una plataforma digital en sitio web o micrositio vinculado al principal de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; b) Ordenar y sistematizar la información de registración de las empresas y organizaciones conforme a su perfil; c) Confeccionar áreas de interés donde las empresas podrán publicar sus avisos de búsquedas activas; d) Conformar una herramienta de reclutamiento de postulantes para las empresas, por medio de la cual podrán acceder a los formularios de registración y currículum vitae de los mismos; e) Propiciar vínculos institucionales que contribuyan al logro de los objetivos del programa; f) Colaborar con el diseño, planificación y concreción de políticas públicas que preserven y mejoren las oportunidades laborales y profesionales de los entrerrianos”.
Además, “ realizar el monitoreo de los perfiles de las empresas, postulantes y anuncios, al solo efecto de corroborar que los datos cargados sean fehacientes y cumplan con la legislación vigente, informando oportunamente sobre errores, falsedades u omisiones que pudieran afectar la calidad y seriedad del servicio; h) Establecer parámetros de registración de empresas, organizaciones y postulantes, conforme a lo dispuesto en los artículos 5° y 6°; i) Gestionar y confirmar en red con las empresas, instituciones y organismos respectivos la actualización de datos de sus perfiles; j) Realizar relevamientos de los anuncios ingresados al efecto de sistematizarlos por área de interés o desarrollar la herramienta automatizada que cumpla con dicha función; k) Analizar y clasificar los anuncios y currículum vitae para definir indicadores y umbrales de referencia; l) Realizar diagnósticos de la oferta y demanda de trabajo; m) Establecer canales de contacto para empresas y personas que buscan trabajo: dirección de la Secretaría de Trabajo, teléfono, correo electrónico y redes sociales; n) registrar y sistematizar las postulaciones de las personas que buscan trabajo, acompañadas de sus currículum vitae; ñ) publicar en la plataforma web el listado de las empresas y entidades registradas; o) vincular el sitio web con redes sociales donde se replicarán los avisos de oferta de puestos de empleo”.