Al tomar conocimiento de la sentencia, el abogado querellante, Nelson Schlotahuer, mostró su disconformismo y aseveró que no compartirla “en lo más mínimo”. Por eso, dijo que “utilizaremos los recursos legales para que se revise esto”, dado que para los jueces quedaron dudas sobre la existencia del hecho, asegurando que “los menores a los daños los tienen y lo que sufrieron, existió”.
En su alegato, el fiscal Almada enfatizó que tuvo en cuenta para la solicitud de seis años de cárcel, fundamentalmente, la declaración de los menores, que, de acuerdo a los informes psicológicos, “no son fabuladores”. A su turno la defensa había solicitado la absolución o en su defecto que se lo condene por abuso sexual y no por corrupción de menores.
Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el 8 de mayo de 2004 en Diamante, cuando los tres niños de 5, 8 y 10 años, acompañaron al distribuidor de bebidas a realizar el reparto. Al parecer, dos de los niños fueron obligados por el chofer a realizar actos sexuales en el interior del camión. El caso tuvo muchas idas y vueltas en la faz judicial. En un primer momento, el ex juez de Instrucción de Diamante, Hugo Perotti, imputó al repartidor por el delito de abuso sexual simple, carátula que en definitiva le permitía la excarcelación hasta el juicio oral.
Por el disconformismo de la medida, Schlotahuer apeló la medida. La Sala II de la Cámara del Crimen dispuso revocar la decisión del juez Perotti por abuso sexual simple y ordenaron cambiar la tipificación y agravar la carátula por la de corrupción de menores, pidiendo que el procesado fuera detenido de inmediato. Pero recién el 12 de abril la Policía de Diamante detuvo al hombre, que había sido declarado prófugo de la Justicia, y ahora se consustanció el juicio cuya sentencia absolutoria se conoció ayer.