Sólo «quedarán exceptuados los trámites iniciados en las Oficinas Seccionales que aún no fueron provistas del equipamiento que permita la digitalización».
Las Direcciones Nacionales de Identificación, de Atención al Ciudadano y Relaciones Institucionales, y la Dirección General de Planeamiento y Logística «deberán adecuar sus instrucciones, requisitos, modalidades, circulares y demás disposiciones» al nuevo «sistema de toma digital».
El Renaper encaró el proceso de informatización con el objeto de «simplificar y brindar celeridad al trámite, cumpliendo con el desafío de llevar a todas las provincias del país el equipamiento y la asistencia técnica que posibilitaron una mejora sin precedentes en la atención de los ciudadanos a partir de la toma digital y entrega rápida del nuevo D.N.I. y el nuevo Pasaporte».
Por lo tanto, a partir de mañana «estará habilitada la toma a través de formulario digital de la totalidad de los trámites documentarios previstos en la Ley Nº 17.671» y sólo serán válidos «los trámites de D.N.I. ingresados mediante el uso del sistema web, a través de la captura digital de los datos biométricos y biográficos, fotografía, firma e impresiones dactilares».
El nuevo «procesamiento de trámites digitales para la identificación» alcanza a los «ciudadanos nacionales y extranjeros».