Denuncian penalmente al Intendente Halle. Pagó a un trabajador 19 horas extras por día

El agente municipal M.F. realizó a fines de mayo una denuncia penal que recayó en el Juzgado de Instrucción Nº 1, a cargo de Patricia Yedro, en el que detalló una serie de actos administrativos supuestamente irregulares en el otorgamiento de horas extras a empleados y personal directivo de la Dirección de Tránsito Municipal.
Estas acciones, resultarían violatorias de la ordenanza que dispone topes a las jornadas de trabajo y de otorgamiento de horas extras y también, mientras estuvo vigente, de la norma de emergencia financiera y económica de la Municipalidad.
Uno de los más de cuarenta casos citados como ejemplo de las violaciones en el expediente, da cuenta de que un empleado de la dependencia, cuyas iniciales son J.B., habría trabajado durante abril de 2009 un total de 19 horas diarias durante todo el mes, 6 de horario habitual más 13 de horas extras, reservándose sólo 5 horas para ir y venir de su casa al trabajo, descansar y alimentarse.
El peritaje realizado por el contador Nicolás Cozzi, perito oficial del Superior Tribunal de Justicia a quien el Juzgado le pidió opinión sobre el caso, constató algunas de las situaciones descriptas en la denuncia y requirió que la Magistrada envíe un oficio pidiendo documentación a la Municipalidad, que fue librado el pasado 6 de mayo.
La denuncia presentada por M.F. apuntó, prima facie, al subdirector de Tránsito municipal, Sergio Ardison y a Mónica Barbabianca, ex titular de la Secretaría de Hacienda y actualmente al frente de la cartera de Gobierno. De Ardison, la demanda mencionó además que fue cesanteado como empleado municipal por decreto 1134 del 2001, luego de un sumario realizado por faltante de dinero de la recaudación del Sistema de Estacionamiento Ordenado (SEO).

• La demanda
La acción motorizada por M.F. arremetió contra la “flagrante y constante violación de la ordenanza municipal 6119” por parte del subsecretario de Transporte y por la consecuente “anuencia y complicidad” de la secretaría de Hacienda, por entonces bajo la batuta de Mónica Barbabianca.
El escrito interpuesto en el Juzgado, resaltó que esa ordenanza, en su artículo 5º, establece que la prolongación de la jornada de trabajo deberá hacerse sólo “cuando la prestación de trabajo sea imprescindible para la prestación de servicios o ejecución de obras o tareas de interés general”. “El número de horas suplementarias no podrá ser superior a 60 en un mes y 400 en el año por cada uno de los agentes municipales, salvo casos de excepción”, agregó.
La norma fija como regla para interpretar la excepcionalidad que ésta “no podrá alterar el espíritu de esta ordenanza y será dispuesta individualmente para cada agente por resolución fundada del Presidente de la Municipalidad o del Concejo Deliberante”, quienes deberán tomar recaudos para que sea rotativa la utilización de personal en tiempo extra.
Asimismo, la normativa prescribe: “Cuando los funcionarios con jerarquía de director hasta jefe de departamento inclusive trabajen horas extras no tendrán derecho a cobra las mismas ni a gozar de francos compensatorios”.
A la hora de las irregularidades, la denuncia incorporó planillas con listados de nombres para el pago de horas extras por encima de los límites que establece la ordenanza, que llevan sólo la firma y el sello de Ardison, cuando debería haber sido el intendente José Carlos Halle quien, mediante resolución individual para cada caso, disponga la prolongación de tareas.
Dentro de esa nómina, figuran jefes de sección (que no deberían cobrar por el tiempo extra de labor) y también empleados con contratos de obra.
El denunciante sostuvo que Ardison autorizó “una cuantiosa y excesiva cantidad (sic) de horas extras, las cuales, omitiendo sus deberes de contralor, han sido liquidadas y abonadas por la Secretaría de Hacienda Municipal”. Asimismo, postuló que este accionar “al día de la fecha no cesa”, por lo que las irregularidades existirían también con anterioridad y posterioridad al mes descripto en el expediente (abril de 2009).
Pero además, remarcó que la ordenanza 8.726 en su artículo 9º ordena tanto al Departamento Ejecutivo como al Concejo “tomar medidas concretas y necesarias para el control, contención y reducción de los gastos, corrientes y no corrientes, incluidos viáticos, horas extras o por productividad”. La vigencia de esta norma se extendió hasta el 30 de junio del 2009, por lo cual las situaciones de supuesto exceso en el otorgamiento de horas extras, enunciadas en la demanda, recaerían dentro del período donde tendría que haber habido control del gasto comunal.
La presentación también hizo mención a que Ardison fue “cesanteado el día 27 de noviembre del 2001, mediante decreto 1.134”. Esta norma, luego de un sumario interno y de la recomendación hecha por el Tribunal de Disciplina y la Dirección de Asuntos Legales, dispuso la cesantía en el marco de una investigación interna por el faltante de dinero recaudado por el SEO entre agosto y septiembre de ese año.

• La pericia
El 31 de marzo, nueve días después de interpuesta la demanda, el Fiscal José Eduardo Ruhl solicitó a la Jueza Yedro que el contador Cozzi evalúe la documental presentada y dictamine “si advierte irregularidad alguna”. A fin de evitar un paso procesal, Ruhl dejó abierta la facultad para que la Magistrada solicite “a los organismos que correspondan, informes o documental que el Sr. Contador interese a los fines de cumplimentar su labor”.
Yedro envió a Cozzi el expediente el 9 de abril y el perito del Superior entregó su informe once días después. El especialista hizo un pormenorizado estudio de la documental en su poder y concluyó:

– “Se advierte que la liquidación de las horas extras en la Dirección de Tránsito no está realizada de acuerdo a la legislación vigente”.
– “Existen casos donde la cantidad de horas superan las máximas establecidas por la legislación (60 semanales, 400 anuales)”.
– “Existen casos (en) que la cantidad de horas totales trabajadas por día exceden las posibilidades de trabajarlas efectivamente durante todo el mes”.
– “Existen casos (en) que personal jerarquizado percibe horas extras extraordinarias”.
Dentro de la segunda observación hecha por Cozzi se encuentra el caso ya mencionado del agente J.B., jefe de sección, que supuestamente trabajó 19 horas diarias durante todo el mes de abril del año pasado, al igual que H.M., un contratado de obra. El listado completo incorporado por el perito es de 37 casos, donde resaltan también los ejemplos de M.A., con 18 horas diarias trabajadas; C.G., C.M., S.N. y A.A. con 17:30 horas y S.F. y M.B. con 16. Los que menos horas diarias trabajaron, según el listado elaborado por Cozzi, fueron R.L. y D.M. con 11:30 horas.
“A los efectos de verificar lo mencionado en función de la denuncia y de los antecedentes presentados y que la respaldan, es necesario requerir determinada documental e información por parte del Municipio”, estableció el peritaje.

• El pedido
La exigencia de documentación hecha por Cozzi fue receptada por completo por la Jueza, quien ordenó el último día de abril librar oficio a la Municipalidad para que aporte la información solicitada. El Ejecutivo municipal recibió el 6 de mayo pasado el pedido de Yedro.

Diez puntos tiene el pedido realizado por el perito. Entre ellos, cabe resaltar:
– Los expedientes administrativos por pago de horas extras que están en la Secretaría de Hacienda, correspondientes a los períodos diciembre/2008 a enero/febrero de 2010. El listado fue incorporado en la denuncia original, a fin de que se constate si las supuestas irregularidades se extienden en el tiempo.
– Planillas de liquidación de horas extras del personal de Tránsito desde diciembre de 2008 a junio de 2009, que es el período bajo verificación del perito.
– Concepto con que se maneja el Municipio para la categoría “contrato de obra” y copia de la resolución donde se dispone a quienes tienen esta modalidad de empleo el pago de horas extras.
– Recibos de haberes originales aprobados y firmados, correspondiente al personal de Tránsito detallado en la denuncia como beneficiado por el otorgamiento de las horas extras.
– Informe de si el pago de horas extras se realiza por recibo oficial o si existen “excepciones que pueden hacerse efectivas por otros medios y fondos”.
– Somera descripción de los procedimientos administrativo – contables aplicados para la toma de decisiones de la necesidad de utilizar horas extras y su posterior aprobación, liquidación y pago, indicando los funcionarios responsables de tal actividad entre diciembre de 2008 y junio de 2009.
El oficio quedó registrado en la Municipalidad bajo el número de expediente 13.466. Fue girado a la oficina del intendente Halle el 7 de mayo sobre el mediodía. La contestación aún no llegó al Juzgado de Instrucción. (APF.Digital)

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